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Opinión

Denuncias falsas y acción penal del Ministerio Público

Lic. Gerardo Morales / La Ley a su alcance

CONSULTA: Don Gerardo, yo le escribí hace días para comentarle lo de la denuncia que hizo un primo mío hacia mí, mi papá y mi tío. Mi pregunta es la siguiente: leyendo las acusaciones que realizo él en la Fuerza Pública, en el OIJ y en la fiscalía, todas las versiones que el da son diferentes, o sea cada declaración dada no coinciden todas tienen una versión diferente, y he tenido que faltar al trabajo por estar presentándome en esos lugares, lo preocupante es que el nos pone una demanda por amenazas y está más preocupado por el puesto de trabajo, que por la demanda puesta por las supuestas amenazas que debo hacer porque me está perjudicando en mi trabajo, en mi hogar y sobre todo por mi familia ya que tengo una niña con discapacidad. Por favor que debo hacer gracias.

 

RESPUESTA: El Ministerio Público, como titular de la acción de persecución de las conductas criminales de acción pública, para que sean sancionadas, en caso de comprobarse su verosimilitud, actúa con la llamada “notititia criminis”, para iniciar un proceso de investigación.

 

Para llegar a una posibilidad de que exista el delito y sus responsables, cuenta con el auxilio de varios órganos auxiliares en su investigación, reunidos en el Organismo de Investigación Judicial, que incluye a la policía judicial, los laboratorios de ciencias forenses, la medicatura, las autopsias y exámenes en general sobre personas o cosas, el examen de documentos dudosos en casos de falsificaciones, la parte contable para verificar casos de estafas o administraciones con fraude.

 

En el ámbito probatorio, por supuesto que se estudia la credibilidad de una denuncia, a partir del examen de las declaraciones y su apariencia de realidad, con las diferentes versiones documentadas.

 

Una denuncia que contiene declaraciones inconexas, ilógicas o contradictorias de una misma supuesta víctima, no pasan el ojo crítico de un fiscal calificado, como lo son todos los que han escalado esa posición, no solo por el título profesional, sino por la capacitación, las pruebas de comprensión, la discusión en grupo, las entrevistas con otros funcionarios que conocen del caso, y la experiencia lograda-

 

La labor de la fiscalía no se limita a perseguir acusaciones o condenas sin convencimiento y material probatorio. 

 

El conocido tratadista Zaffaronni, autoridad argentina en el proceso penal, llama al fiscal o procurador penal, como un actor penal, que acusa y pide condenas cuando la prueba lo fundamente, pero que también sirve de filtro para las denuncias o acusaciones fantasiosas, inverosímiles, o ayunas de prueba.

 

Con lo anterior, le aconsejo que se mantengan ligados al proceso, si es que ya fueron indagados, mantener contacto frecuente con el defensor, y esperar el resultado de esa investigación, porque hay que darle pausa a la justicia.

 

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Miércoles 26 Agosto, 2015

HORA: 12:00 AM

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