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Opinión

La ley a su alcance

Cargos por tarjeta sustraída por menor

CONSULTA: Tengo un nieto de 14 años, quien sin permiso de la tía, tomó una tarjeta de crédito y pagó unos juegos en Internet. En lugar de averiguar si era de él le aceptaron el cargo, y a pesar de que ella lo reportó cuando se enteró, ahora le dicen que no hizo el contracargo y le están cobrando un montón de intereses. Es la palabra de mi hija contra quien le aceptó el contracargo. ¿Qué se puede hacer en ese caso?

 

RESPUESTA: Los menores de edad no tienen capacidad negocial. Esto significa, que no tienen personería jurídica, la voluntad que produce decisiones con alcances jurídicos Los menores de edad, deben ser representados por sus padres.


Es tan evidente su falta de capacidad o responsabilidad civil, que el artículo 1.047 del Código Civil hace responsables a los padres del menor, de los daños que cometan.


Por supuesto, que el menor de edad que comete un delito, debe afrontar sus consecuencias, pero es juzgado como menor de edad.


No menos cierto es que los comerciantes deben ser prudentes y correctos, deben ser respetuosos de la ley, y de sus intereses, por supuesto.


Si una persona, mayor o menor de edad, se presenta a un negocio comercial a pagar una cuenta con una tarjeta de crédito o débito, la prudencia mínima que se le pide al comerciante o a quien lo represente, es la identificación debida.


Es como una yunta: tarjeta+cédula. Debe existir concordancia entre la persona que se identifica con la cédula, y con el titular de la tarjeta, así como sus firmas.


En este caso, el problema, el cargo o descargo económico, es propio del comerciante que, para ganarse una venta más, acepta a cualquier individuo, sin verificar su identidad.


En este caso, el reclamo se debe hacer a la empresa administradora de la tarjeta. Cada vez que hay una compra, un retiro o el cargo de un servicio se firma un comprobante llamado “voucher”, el que es presentado por el afiliado a la empresa que administra la tarjeta, para que se lo paguen.


A falta de la firma del titular en el voucher, que lo tiene la administradora de la tarjeta, ese pago es totalmente nulo.


Así lo debe denunciar a la Dirección de Protección al Consumidor, en Sabana Sur, 3 cuadras al oeste de la Contraloría General de la República.

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Jueves 26 Febrero, 2015

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Lic. Gerardo Morales

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