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Opinión

La ley a su alcance

CONSULTA: Contraté a una persona para fabricar e instalar dos portones de cochera. Para ello le adelanté casi el 80% del valor de la obra. Eso fue en mayo de este año. No obstante a la fecha el contratista después de duras penas terminó un portón, en julio. El otro ya lo instaló, pero no lo ha terminado, tiene pendiente muchos detalles. Cada vez que lo llamo para consultarlee qué ha pasado con mis portones, me indica que al siguiente día va a ir a terminar el trabajo, pero no lo hace. Así me lleva “cuenteado” desde mayo. Yo no quiero demandarlo por daños y perjuicios sino demandarlo en la vía penal para que pague con cárcel. Quería preguntarle si en este caso cabe que la demanda por estafa y retención indebida. De ser positiva su respuesta, cuáles serían los pasos para hacerlo. ¿Es cierto que lo tengo que notificar que lo voy a demandar?

 

RESPUESTA: La contratación civil entre dos partes, en la que una persona se compromete a hacer un trabajo, mediante una paga determinada, se separa de cualquier delito, como el de estafa, que es al que más recurren los clientes defraudados por el incumplimiento del trabajo, básicamente cuando se adelantó mucho dinero. En el ámbito penal, lo que más se acerca a una defraudación por haber recibido dinero y dejar un trabajo botado, es a la retención indebida. Es poco probable que una fiscalía abra un proceso para citar al que se llevó la plata, porque los elementos se refieren a un contrato civil o de obra incumplido.

 

Lo que le recomiendo es que identifique ante el Registro Nacional si esa persona tiene algo inscrito. Recordemos el viejo refrán que dice que "el que nada tiene, nada debe." Si su contratante tiene una casa o un carro inscrito, puede plantear una demanda civil por incumplimiento de contrato, pero con un embargo preventivo. De lo contrario, sería meter plata buena, en plata mala. También puede plantear una denuncia a la Dirección de Protección al Consumidor, pues si tiene una propiedad y sale condenado, por sus perjuicios y por la multa, le pueden rematar la propiedad que tenga a su nombre.

 

De lo anterior, se deriva un consejo: se debe formalizar cualquier obra contratada por escrito, y pagar por avance o entrega de la obra. Adelantar para comprar materiales es una mala señal, pues un obrero técnico o microempresario con buen historial, tendrá el dinero para iniciar la obra, sin pedir adelantos.

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Sábado 23 Agosto, 2014

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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