Domingo 19, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

La Ley a su alcance

CONSULTA: Soy inquilina en un edificio. Hubo unos daños en las gradas y el administrador dice que la ley me obliga a repararlos porque fueron en el edificio. ¿Existe esa ley porque yo no tuve nada que ver? Gracias.

 

RESPUESTA: En un contrato de alquiler de local o vivienda, escrito o verbal, al dueño se le llama arrendador, locador o propietario. Al inquilino también se le conoce como arrendatario o locatario.


Con cualquier nombre que se le llame, el inquilino tiene varias responsabilidades, y la principal es el pago a tiempo de la suma pactada.


Pero también es responsable de cuidar el bien. Esto es consecuencia de que, como inquilino, es el poseedor directo del bien del que disfrutan él y su familia.


Si él, su familia o visitantes causan un daño, es el arrendatario o inquilino quien debe responder con la reparación.


Esa obligación está contenida en la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. El artículo que impone esa obligación es confuso porque se refiere a los habitantes o visitantes del edificio, lo que pareciera es muy amplio.


Por supuesto que en un edificio con varios ocupantes la responsabilidad de cuido recae sobre un inquilino en particular, en la estructura que alquiló y está a su cargo. Por eso debemos entender el artículo, pues la responsabilidad se impone sobre el bien o cosa arrendada.


Veamos el artículo.


“Artículo 50.- Daños y deterioros. El arrendatario debe reparar los daños y los deterioros causados por las personas que habitan o visitan el edificio”.
La redacción correcta sería que el arrendatario debe reparar los daños en la cosa, vivienda o local que ocupa, ya sean causados por él, por los ocupantes o visitantes.

PERIODISTA:

EMAIL:

Sábado 28 Diciembre, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Lic Gerardo Morales

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA