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Opinión

La Ley a su alcance

CONSULTA: Tengo que presentar un desahucio y me piden un avalúo. Quiero saber si sirve mi declaración de bienes inmuebles que está en la municipalidad.

 

RESPUESTA: Para efectos de tramitación de un desahucio por mora es necesario presentar un avalúo de la vivienda. Como lo dice el término, el avalúo debe incluir la vivienda, casa o apartamento, de forma individual. Lo que se toma en consideración es el valor del terreno, solo el que ocupa la vivienda y sus interiores, y su estructura, que se llama obra civil.

 

En las declaraciones de bienes que el propietario se le pide algo sobre su casa, para efectos de impuesto de bienes inmuebles, se le solicita algo similar. Un avalúo, a ojo de buen cubero, aproximado, del valor del terreno y la construcción. Pero cuando el usuario pide una constancia o certificación de esa propiedad, generalmente se otorga sobre lo que en realidad es: una declaración de valor, en general.

 

En la mayoría de esas constancias se le pone una nota que explica que no se detalla el valor del terreno y de la construcción, solamente el valor global porque es para pago de impuestos.

 

Por esa razón la constancia o certificación de declaración de bienes no puede sustituir al avalúo que exige el artículo 448 del Código Procesal Civil, pues el requisito de validez es que el avalúo provenga de Tributación Directa, un ingeniero o arquitecto, y con menos de cinco años de efectuado.

 

Además debe tener el valor conjunto del terreno y la edificación. Con tales diferencias y propósitos la constancia municipal no sirve como sustituto o sucedáneo del avalúo porque no cumple todos los requisitos.

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Lunes 23 Diciembre, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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