Sábado 11, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Opinión

Senasa, ¿bienestar o eutanasia animal?

Antaño, el Ministerio de Salud, las municipalidades, la Guardia Rural (ya inexistente) y la Policía (hoy Fuerza Pública) exterminaban a los perros callejeros mediante el método de envenenamiento, por cierto una forma cruel.


El caso es que la regulación de perros siempre ha significado un problema de salud pública, pues esos animales pueden transmitir rabia, parásitos internos que afectan al ser humano, pulgas, garrapatas y ácaros de la sarna, para citar algunos. También la sobrepoblación de gatos genera molestias a las personas que viven en sectores urbanos y suburbanos.


Respecto a la Guardia Rural y Policía, siempre han decomisado los gallos de pelea, dado que la práctica de esas peleas, desde mucho tiempo se ha tipificado como un delito. En los últimos años, también se han popularizado las peleas de perros de razas creadas para ese fin. Por eso, con el fin de organizar mejor el manejo de ese tipo de situaciones, se creó el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), ente adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería y que está asistido por la Fuerza Pública en los operativos de decomiso de animales.


Por otra parte, en nuestro país han surgido varias organizaciones no gubernamentales (ONG) que tratan por todos los medios de proteger la vida de los animales silvestres y domésticos. Y pese a que no reciben ayuda del Estado, buscan la manera de crear conciencia en la población de castrar perros y gatos, de no agredirlos y mantenerlos en buenas condiciones de higiene, salud y alimentación.


También esas organizaciones mantienen campañas de castración a precios accesibles a los dueños de esos animales. Desde el punto de vista de la legislación actual, se han creado o reformado las leyes de protección y de tenencia de animales en los hogares. Por ejemplo, el Ministerio de Salud, cuenta con el Reglamento 31626-S para la regulación de tenencia de animales. Ese documento le da facultades a SENASA u otros entes como la Fuerza Pública, de advertir a los dueños de animales (perros sobre todo) de las medidas de seguridad e higiene que deben tener con sus mascotas, además de expresar la prohibición de criar razas o hibridar perros para exponerlos a las peleas (similar al caso de los gallos de pelea).


Sin embargo, en situaciones individuales, el SENASA después de decomisar los animales, muchas veces les aplica la eutanasia innecesaria. O sea, se dan casos de veterinarios de ese ente que justifican tal decisión, pues argumentan que los animales decomisados representan agresividad o están gravemente enfermos. Pero de cierta manera no siempre cumplen el protocolo que se asiste en el artículo 26 que expresa: —Los animales de compañía declarados como peligrosos para la salud pública y cuyo comportamiento agresivo no sea reversible serán sometidos a la eutanasia. En el caso de que exista la posibilidad de revertir [aquí subrayo] dicha peligrosidad, la autoridad competente validará propuestas de solución.


Además el artículo 13 del reglamento abordado indica: —Mientras prevalezcan las actuales circunstancias epidemiológicas, donde el virus rábico no circula en la población de perros, quedan prohibidos los exterminios [vuelvo a subrayar] en los ámbitos local o nacional. No obstante si las condiciones epidemiológicas cambiaran y se diera un brote del virus en mención, se procederá en cualquier ámbito al exterminio de acuerdo con los métodos establecidos para la eutanasia.


De todas formas el artículo 15 expone: —La eutanasia no será considerada una medida de control de la sobrepoblación, pero sí como la última de las opciones para solucionar casos individuales. Sin embargo, pese a que el anterior artículo le da pie a SENASA de aplicar la eutanasia en casos individuales, se debe tener prudencia a la hora de decidir ese método. Claro, es común el argumento de esa entidad de que no tienen los medios suficientes para hacerse cargo de la manutención de tantos animales, empero, si se diera una correcta coordinación con las asociaciones protectoras de animales o de Rescate Animal e incluso el apoyo económico a las mismas, se podría minimizar la muerte innecesaria de los perros o gatos (pese a que son las especies domésticas más abundantes). En todo caso el artículo 22 de manera clara explica: —Para los efectos reglamentarios, los animales de compañía que deambulen por las vías y sitios públicos sin control de su propietario o encargado, previa denuncia, por disposición de la autoridad sanitaria, serán capturados por el veterinario o técnico de saneamiento del Ministerio de Salud, en coordinación con la Fuerza Pública, Policía Municipal, Asociaciones Protectoras u otras y entregados a una Veterinaria o Protectora [otra vez destaco el subrayado].


Entonces de todo lo anterior, podemos entender que, si de verdad el mismo Estado promueve el respeto por la vida animal, tanto SENASA como otras instituciones vinculadas al tema, deben evitar por todos los medios, el sacrificio innecesario de perros, gatos, gallos de pelea u otras especies.


*Ensayista de temas cotidianos

PERIODISTA:

EMAIL:

Sábado 24 Agosto, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Osvaldo Corrales Jiménez

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA

ÚLTIMA HORA