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Opinión

Declaración de sociedades inactivas

Denis Rocha Gómez*

El próximo 30 de abril de 2024 es una fecha importante para las sociedades inactivas: es el último día para presentar la declaración correspondiente. Este trámite es crucial para mantener en regla la situación tributaria de estas entidades.

¿Qué implica exactamente este proceso? Las sociedades inactivas, aquellas que no han realizado operaciones comerciales durante un período determinado, deben estar debidamente inscritas en el Registro Único Tributario (RUT), bajo el código de actividad 960113. Este registro es esencial para cualquier entidad jurídica, ya que es el punto de partida para su relación con la Administración Tributaria.

La declaración de sociedades inactivas se efectúa mediante el formulario D-195. En este documento, se deben detallar tanto los activos como los pasivos de la entidad. Los activos pueden incluir marcas, patentes, bienes muebles e inmuebles, mientras que los pasivos abarcan cualquier obligación financiera que la sociedad pueda tener, ya sea con entidades supervisadas o no.

Un aspecto importante que debe consignarse en la declaración es quién asume los gastos de la sociedad inactiva. Esto es relevante para determinar la situación financiera real de la entidad.

Además, se requiere especificar la razón por la cual la sociedad se encuentra inactiva. Esta puede variar, desde ser titular de bienes inmuebles inscribibles hasta estar pendiente de liquidación. Es esencial que esta información se proporcione de manera clara y precisa.

Es crucial recordar que el cumplimiento de estas obligaciones no es una opción, sino una responsabilidad legal. 

Todas las personas jurídicas, independientemente de si realizan actividades lucrativas o no en el país, deben cumplir con estas disposiciones. 

Una persona jurídica se define como una entidad con personalidad jurídica propia y capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones, constituida conforme a la ley. La omisión de esta declaración puede acarrear sanciones, llegando incluso a un máximo de diez salarios base. Por lo tanto, es fundamental que las sociedades inactivas no descuiden este trámite.

La regulación correspondiente a este proceso se encuentra detallada en la resolución MH-DGT-RES-0007-2023. Esta normativa establece los lineamientos y procedimientos que deben seguirse para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.

En conclusión, el plazo para la declaración de sociedades inactivas es una fecha que no debe pasarse por alto. Es una oportunidad para asegurar que estas entidades mantengan su situación tributaria en orden y eviten posibles sanciones. Así que, ¡no esperes hasta el último momento! Presenta la declaración a tiempo y evita complicaciones futuras.

 

*Contador Público Autorizado Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica

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Martes 16 Abril, 2024

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Denis Rocha Gómez*

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