Si en su propiedad o finca tiene uno o varios pozos perforados y construidos sin registros antes de 2010, el Poder Ejecutivo lanzó este jueves una amnistía.
La idea es que las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, tendrán seis meses para presentar los requisitos establecidos para registrar el pozo.
Entre los documentos a presentar destaca una declaración jurada -ante notario- del propietario del terreno donde se ubica el pozo, indicar la ubicación, año de perforación, caudal, uso, entre otros.
Los trámites deberán realizarse en las oficinas centrales o regionales de la Dirección de Agua del Ministerio de Ambiente y Energía o en las instalaciones del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El Gobierno informó que, una vez entregada la solicitud de inscripción del pozo, la persona interesada contará con un año plazo con miras a presentar los requisitos para la respectiva concesión de aprovechamiento.
La directriz es solo para los pozos de más de 20 metros de profundidad. En el caso de tratarse de pozos para consumo de la población, solo se procederá a su inscripción y habilitación para la concesión de agua cuando sea un ente operador de servicio público autorizado por ley.
PERIODISTA: Andrés Rojas Solano
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Jueves 18 Julio, 2019
HORA: 10:38 AM