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Nacionales

Presidente incómodo con legalidad de huelga

Tribunales de Apelación avalan medida en AyA, PANI y Recope

La legalidad de la huelga en Recope causó malestar al presidente Carlos Alvarado. Los jueces de Apelación señalan que no hubo pruebas suficientes para acreditar que el movimiento fuera violento

La reciente sentencia del Tribunal de Apelaciones que declara legal la huelga en la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) le cayó como balde de agua fría al presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, quien no ocultó su molestia ante el aval emitido por los jueces, en la participación de los empleados al llamado de huelga nacional indefinida el 10 de setiembre anterior contra el expediente 20.580, en el que se tramita la iniciativa del llamado plan fiscal.

Al salir de una actividad oficial con los alcaldes, el mandatario sostuvo que girará la orden a la Procuraduría General de la República (PGR) para que impugne ante Casación las recientes sentencias emitidas en segunda instancia.

“En este proceso, hemos encontrado una y otra y otra vez que muchos sectores ponen el interés particular frente al interés superior y eso es lo que ha quedado de manifiesto en este proceso. (…) No puedo ocultar que a mí me genera molestia cómo las acciones flagrantes de personas que hicieron todo lo posible para que Costa Rica no tuviera combustible, para que Costa Rica no tuviera gas y para que Costa Rica no tuviera asfalto y todo lo que hicimos para darle el servicio a la ciudadanía”, reafirmó el presidente.

Al mismo tiempo, sostuvo que hay quienes casi celebran un día más de huelga “y la mayoría de aquellos que lo celebran pagos porque los tribunales así lo establecen, o no son rápidos o raudos en hacer una declaratoria y, cuando hacen una declaratoria, hacen esto”.

El 27 de setiembre anterior, el juez Alexander Contreras Barrantes, del Juzgado de Trabajo, emitió la sentencia 1887-18 en la que declaró ilegal la huelga en Recope, pero tras una acción presentada en el Tribunal de Apelaciones, los jueces de la segunda instancia, a saber, Adriana Chacón, Bettzabé Gutiérrez y Luis Eduardo Mesén, determinaron legal el movimiento en la entidad petrolera, decisión que queda en firme.

“Respetuosos de la legalidad como lo somos, llevaremos esto, vía la Procuraduría, a otra instancia y haremos todo lo necesario para garantizar la estabilidad, la macroeconómica por un bien ulterior que es de todas y de todos los costarricenses, no de un sector en particular, no de un gremio que sale a defenderse”, externó.

 

TRABAJADORES CON DERECHO

 

Los jueces reconocieron que se trató de una forma atípica de huelga y para llegar a la declaratoria de legalidad tomaron en consideración cuatro aspectos, entre ellos, la falta de regulación de dicha protesta contra políticas públicas no hace nulo el derecho fundamental de huelga de las personas trabajadoras, no se pudo comprobar violencia por parte de funcionarios de Recope en la huelga, hubo una participación de 1.160 empleados de la entidad, lo que representa un 70%, pero pese a eso el país no se paralizó.

“Hemos de concluir que como consecuencia de nuestro sistema de gobierno y los principios democráticos que rigen las instituciones de nuestro país, el patrono está en la obligación de soportar que los trabajadores ejerzan el derecho a huelga en casos de protesta social, empero ese derecho que cobija a los asalariados no es irrestricto y se entiende agotado una vez que estos de forma concertada hayan transmitido su descontento a los entes gubernamentales, ya que pretender ir más allá de este límite constituiría un ejercicio abusivo del derecho de comentario”, detalla la sentencia emitida por los jueces de la segunda instancia.

Mediante un comunicado, el Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (Sitrapequia) apuntó que se muestra satisfecho por la respuesta de los jueces y que: “es hora de seguir adelante y sumar para enfrentar los nuevos retos de la institucionalidad de Recope para constituirnos en un motor del anhelado desarrollo de Costa Rica. Nuestro compromiso para seguir en la búsqueda de Justicia Tributaria y superar un proyecto como el 20.580 que no ayudará en nada las finanzas públicas”.

Por su parte, Albino Vargas Barrantes, secretario general de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) detalló: “la orden de Alvarado impartida al Procurador para que este se traiga abajo la sentencia de legalidad de la huelga de Recope no tiene ni pies ni cabeza, jurídicamente hablando. Qué pésima asesoría jurídica le asiste. Él ha sufrido una derrota que no soporta”.

 

MÁS LEGALIDADES

 

La huelga en la que participaron empleados del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) también fue declarada legal en segunda instancia, pese a que el 4 de octubre anterior el juzgado de Trabajo señalaba su ilegalidad.

En este particular, los jueces hicieron hincapié en el derecho de los trabajadores de participar en una huelga, al tiempo que valoraron los aspectos de razonabilidad y proporcionalidad.

“A lo que debe agregarse que en su desarrollo no vulneró el principio de proporcionalidad, porque el mensaje de descontento social fue transmitido de forma efectiva durante los primeros 3 días del movimiento y posteriormente regresaron a sus puestos de trabajo (tal como informa la empleadora), es decir, se desarrolló únicamente por el tiempo necesario y prudencial para hacer valer su posición frente al Estado, sin excederse y entorpecer con ulteriores acciones el sano funcionamiento de la institución empleadora”, detalló el Tribunal de Apelación.

También, el mismo Tribunal dejó en firme la declaratoria de legalidad del Juzgado de Trabajo emitida en octubre anterior en el caso del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

Con esto, van tres sentencias de legalidad que dan el sí a la lucha de los trabajadores contra el llamado combo fiscal.

PERIODISTA: Krissia Morris Gray

EMAIL: [email protected]

Miércoles 07 Noviembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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