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Nacionales

Cancillería nombra directora a dedo

En Cooperación, insiste en que no debe hacer concurso

Adriana Solano Laclé se desempeñó como ministra consejera y cónsul general en Singapur

Sin acatar lo dispuesto en los artículos 9 y 18 del Estatuto del Servicio Exterior y al 75 del reglamento de la Casa Amarilla, la canciller Epsy Campbell decidió nombrar a dedo y sin cumplir con los requisitos a Adriana Solano Laclé como directora de Cooperación Internacional.

Los artículos citados del Estatuto son claros en indicar que los directores deben tener el rango de embajador y además de que cuando se trate de llenar una vacante en el servicio, el Ministerio debe designar un funcionario de la categoría correspondiente.

En cuanto al 75 del Reglamento del Servicio Exterior, este aclara que para llenar una vacante se debe abrir un concurso previo.

Para la designación de Solano, la Cancillería confirmó a DIARIO EXTRA que la diplomática es ministra consejera y no embajadora, y además no hubo concurso.

En la Casa Amarilla insisten en nombrar directores como puestos de confianza, para lo cual en lugar de utilizar la ley específica creada para la Cancillería en 1965, emplean el Estatuto del Servicio Civil de 1953.

“Los puestos de confianza son nombrados por el Poder Ejecutivo, 140 inciso 1 de la Constitución Política; partiendo de la naturaleza de los cargos de confianza, es potestad discrecional del Poder Ejecutivo el nombramiento de los puestos de director de la Dirección General de Política Exterior, Dirección de Cooperación Internacional, Dirección de Protocolo y Ceremonial del Estado del Estado y Culto y el Instituto Manuel Peralta”, defendieron.

Añadieron: “Además, estos cargos de Dirección del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto están cubiertos por el inciso g del artículo 4 de la Ley 1.581 (Estatuto del Servicio Civil) y sus reformas son -en primera instancia- el cargo de director de las instancias referidas. 

Ello, por cuanto el cargo de director además fue creado formalmente en la estructura ocupacional y organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”.

Esa posición de la Cancillería ha tomado fuerza en las últimas horas luego de que el garante de la ética José Manuel Arroyo defendiera el criterio utilizado por Campbell.

Eso sí, la última palabra la tendrá la Procuraduría General de la República, a quien Karine Niño, presidenta de la Comisión de Asuntos Internacionales, mandó a consultar el pasado viernes 27 de julio si esa interpretación es correcta.

Hay que recordar que el movimiento supondría un gasto para la Cancillería, ya que Solano pasaría de recibir el salario base de un ministro consejero (¢1.001.400) al de embajador (¢1.174.950). El monto en cuestión no contempla pluses.

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Miércoles 07 Noviembre, 2018

HORA: 12:00 AM

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