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Nacionales

Profesor guía se lleva alumno a vivir a su casa

PANI y MEP solapan denuncias

  • José Luis Martínez cumplirá un año de pelear por que su hijo adolescente regrese a su casa

  • El hijo de José Luis comenzó a llevar este tipo de regalos a su hogar

  • Maureen Solís

Don José Luis Martínez acudió a El Periódico de Más Venta en Costa Rica porque asegura que el sistema educativo y judicial lo dejaron desprotegido, ya que desde el 2016 el profesor guía de su hijo, de 16 años de edad, se lo llevó a vivir a su casa, sin su consentimiento y hasta la fecha no ha regresado.

“Desde que inició el curso lectivo del año pasado mi hijo comenzó a llegar a la casa con tenis que costaban entre ¢50.000 y hasta ¢100.000 y con ropa de marca. Llevó hasta una pantalla plana, un celular nuevo y grandes cantidades de dinero. Entonces conversé con él y me dijo que tenía novia que trabajaba y le daba todo eso. Por eso me quedé un poco tranquilo” declara Martínez, quien se dedica a trabajos ocasionales, y además tiene la patria potestad de sus tres hijos desde que su madre se alejó de ellos.

Según este padre, en junio del año pasado su hijo comenzó con rebeldía, pues se comportaba malcriado y llegaba tarde a la casa sin permiso, al punto, que en una de las llamadas de atención el adolescente abandonó su hogar.

“Una semana antes de salir a vacaciones tuvimos una gran discusión y él se fue. Cinco horas después de no saber nada de él, el profesor guía me llamó y me dijo que estaba en su casa, que no me preocupara porque iba a convencerlo de que regresara. Lo malo fue que después se fueron de vacaciones a Playa Jacó, Hotel Barceló Langosta, Occidental Tamarindo; entonces eso ya no me pareció”, manifestó don José Luis.

El acongojado padre habló con el docente varias veces por teléfono, este le dijo que había tenido que llevar al menor a dejarlo con unos familiares fuera de San José para que estuviera tranquilo y que dejara que le pasara la rebeldía, sin embargo, desde eso se va cumplir un año en julio próximo y el joven permanece en la casa del profesor.

 

DENUNCIAS NO VALEN DE NADA

 

El padre presentó una denuncia ante la dirección del centro educativo, el cual la trasladó al Departamento de Gestión Disciplinaria del Ministerio de Educación Pública (MEP), donde los funcionarios José Francisco Montero, Magaly Molina Rojas y Cinthya Delgado Solorzano recibieron en audiencia en sesiones diferentes al denunciante José Luis Martínez, a la orientadora del centro educativo, y a  una vecina de Martínez, quien conoce el caso y tenía una hija estudiando en el mismo centro educativo donde enseña el profesor denunciado.

“Definitivamente empecé a atar cabos sobre la conducta de mi hijo y los regalos que llevaba a la casa. Mi hijo me dijo que yo era un mediocre y que estaba avergonzado de vivir en un rancho. Era evidente que el profesor le daba plata, le compraba tenis y le ofreció una casa y cosas que yo no podía darle”, dice con su voz entrecortada este vecino de Goicoechea.

Dentro de las cosas que no encajan en la actuación del profesor es que le reconoció al padre de familia frente otra persona que le daba una beca al estudiante de un programa de padrinazgos que tenían varios docentes; esto de acuerdo con la Ley de Carrera Docente debe ser autorizado por el director del centro educativo, situación que desconocía el superior jerárquico del funcionario del Colegio.

De acuerdo con la denuncia interpuesta por Martínez, a pesar de que intentó que su hijo regresara a la casa no lo logró e inclusive se mantuvo en el mismo colegio donde el profesor impartía lecciones pese a que existía una denuncia en contra del docente.

 

PANI EMPODERó DOCENTE

 

Ocho meses después de que el joven se fue a vivir con su profesor, se presentó a la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) de Goicoechea y firmó un acta de manifestación en la que expresa: “Encontrándome en mis capacidades físicas y cognitivas, indico que elegí estar al cuidado XXXX (nombre del profesor), en calidad de recurso comunal, y encargado de garantizar mis derechos… lo anterior por no continuar consintiendo eventos de agresión psicológica, amenazas, acoso, falsos testimonio en mi contra en el centro educativo, por parte de mi progenitor José Luis Martínez”, destaca el acta suscrita por el Lic. Walter Soto Mora.

Sobre este particular, el papá del muchacho afirma que nunca fue notificado y como es de escasos recursos no tiene dinero para pagar a un abogado y hacer que su hijo regresara a la casa.

El pasado 23 de mayo se consultó al PANI sobre si investigaron a la persona que el muchacho propuso como encargado de velar por sus derechos e indicaron lo siguiente: “Respecto del caso consultado le indico que se están valorando los recursos familiares y comunales para el adolescente. Se está revisando la intervención en el caso. Este tipo de actas se hacen de manera excepcional y si se encuentran supuestas irregularidades se procederá al inicio de la investigación preliminar disciplinaria.

 

SACAN MENOR DE COLEGIO

 

El docente involucrado en este caso se atribuyó el derecho de cambiar de colegio al joven y cuando el padre quiso saber qué pasaba con el paradero de su hijo la directora le mostró el acta de manifestación firmada por el muchacho y por lo cual lo excluía de ser informado sobre su propio hijo”.

“El asunto es que yo pegué contra pared porque no he encontrado ninguna ayuda. Fui a poner la denuncia penal contra el profesor y la desestimaron; después en el MEP no encontraron ninguna falta y sigue dando clases en el mismo centro educativo como si nada. Eso no puede ser posible, que un funcionario en vez de ayudar a que un menor esté con su familia haga lo contrario y por eso quiero denunciarlo públicamente, aunque sé que todas maneras ya perdí a mi hijo porque está pronto a cumplir 18 años, pero por lo menos desenmascaro a este señor”, dijo molestó José Luis Martínez.

 

MEP ABSUELVE DOCENTE

 

De acuerdo con Nelly Vargas, del Departamento de Gestión Disciplinario del MEP, efectivamente recibieron una denuncia contra el funcionario en noviembre del 2016, sin embargo, luego de la investigación pertinente, en abril pasado se ordenó absolver de responsabilidad disciplinaria al funcionario, porque la prueba que se aportó no confirmó el hecho imputado por el padre de familia.

“Hay un asunto por lo que se llega a la prueba del expediente y es que el muchacho manifiesta ser víctima de violencia doméstica y el profesor le brindó, en este caso, su auxilio, su apoyo y además existió un acuerdo entre el profesor, el papá y el estudiante a inicios del año pasado”, subraya la funcionaria del MEP.

Este acuerdo es negado totalmente por el padre del menor, José Luis Martínez, quien asegura que estuvo de acuerdo la primera vez que el muchacho se fue de la casa con la idea de que no pasara la noche en la calle, pero nunca que se quedara a vivir.

A pesar de la absolución disciplinaria que dictó el MEP, quedan interrogantes como el que un docente se lleve a un alumno a pasear sin el consentimiento del padre y bajo pretextos no claros. Además, por qué suministrar dinero al estudiante sin comunicarlo a su padre, y finalmente convivir con el adolescente a sabiendas que el padre no está de acuerdo con la hospitalidad del educador.

 

OBLIGACIONES DE PROGENITORES

 

La Jueza de Familia, Maureen Solís, indicó que las obligaciones de los progenitores conocida como responsabilidad parental, históricamente ha sido conocida como patria potestad o autoridad parental y comprende lo que comúnmente se llama guarda, crianza y educación, pero que realmente se denomina modernamente cuidado personal y, además, abarca la representación legal judicial y extrajudicial así como, la alimentación (pensión alimentaria). 

“La responsabilidad parental la tiene un padre o una madre por el hecho de serlo siempre que filiación conste en ante el Registro Civil. No obstante, la responsabilidad parental también se puede suspender o incluso terminar. Las causales de suspensión están dadas en el artículo 159 del Código de Familia y, como se trata de una suspensión, cabe rehabilitación por parte del padre o la madre, tal indica el artículo 163 de ese Código”, subraya la especialista en Derecho de Familia. 

La Jueza de familia indicó que, según la legislación, una persona menor de edad puede estar sujeta a la responsabilidad parental del padre, de la madre o de ambos. Es decir, solamente el padre o la madre pueden ostentar la responsabilidad parental, pues es un instituto jurídico reservado a los padres y a las madres con respecto a sus hijos e hijas menores de edad. 

Cuando una persona menor de edad no está sujeta a la responsabilidad parental, procede la designación de una persona tutora. Con solamente el padre o la madre que ostente la responsabilidad parental no es posible designar una persona tutora. Es decir, se designa tutor (a) solamente cuando la persona menor de edad no tiene papá ni mamá que ostenten esa responsabilidad; en los casos en que el menor de edad sí está bajo la responsabilidad parental, pero, no es bien cuidada por su papá, su mamá o ambos, cabe el depósito que puede ser administrativo (PANI) o judicial (Juez o Jueza).

Solís aclaró que el depósito administrativo debe pasar a la vía judicial para ser revisado. Así lo indica el Código de la Niñez y la Adolescencia. A continuación, algunas de las consultas que realizamos a la experimentada abogada. 

¿Puede un padre perder la responsabilidad parental por decisión del PANI?

- No. Ese tipo de atribuciones no las puede tener el PANI. Desde la resolución constitucional número 2014 del año 1993, la Sala Constitucional indicó que solamente una autoridad judicial puede suspender o dar por terminada la responsabilidad parental. 

¿Una persona menor de edad puede ser entregada a un tercero en depósito administrativo así nada más?

- No. Debe existir una causal para ello -ejemplos corruptores, dureza excesiva, pero, además, debe ese depósito administrativo ser puesto en conocimiento del Juzgado de Familia o del Juzgado de la Niñez y la Adolescencia. De lo contrario, sería como una especie de suspensión encubierta de la responsabilidad parental.  

¿Puede una persona menor de edad ser separada de sus padres por pobreza?

- No. La pobreza expresamente no puede ser una causa para romper vínculos familiares.

 

 

Maureen Solís

Jueza de Familia

 

“El Depósito de personas menores de edad procede cuando padres o tutores los traten con excesiva dureza o le den ejemplos corruptores o bien, cuando los padres desaparecen sin dejar a nadie encargado de la persona menor de edad”.

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CRÉDITOS: Fotos: Randall Sandoval

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Jueves 22 Junio, 2017

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