Domingo 12, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Hijos fuera del matrimonio pueden salir del país

Sin permiso del padre

Una jueza gringa falló a favor de que una menor de 3 años e hija de un costarricense viva en Estados Unidos alejada de su padre, a pesar de que nunca existió su autorización.

El caso de Josué Mora evidenció el portillo legal que tienen las madres con hijos nacidos fuera de matrimonio para arrogarse el derecho de separarlos de sus progenitores aduciendo contar con la patria potestad.

La invocación del artículo 155 del Código de Familia fue el argumento jurídico que convenció a la alta funcionaria de un juzgado californiano para que la niña de 3 años viva en Estados Unidos desde el 2014, a pesar que desde que nació compartió con su padre en Costa Rica.

“La expareja con quien tuvo una niña le dice a mi cliente que va a llevar a la chiquita a Estados Unidos para renovar ella unos documentos, entonces le da permiso de salida; al cabo de un mes, la señora llama y le dice que se fue con la intención de quedarse a vivir, que no va a volver a ver a la chiquita y que cuando quiera la visite, pero ninguna de las dos regresará al país”, destaca la abogada Eugenia Quesada, de la Fundación Instituto de Apoyo al Hombre (Fundiapho). 

Ante la notificación Josué se desespera y acude al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y activan el protocolo de la Convención de La Haya para repatriar a la menor. 

La Corte de California recibe la solicitud y en cinco minutos la jueza resuelve no darle curso al pedido del padre amparada en el argumento que presentó la madre, de que el artículo 155 del Código de Familia indica: 

“La madre, aun cuando fuere menor, ejercerá la patria potestad sobre los hijos habidos fuera del matrimonio y tendrá plena personería jurídica para esos efectos. El Tribunal puede en casos especiales, a juicio suyo, a petición de parte o del Patronato Nacional de la Infancia y atendiendo exclusivamente al interés de los menores, conferir la patria potestad al padre conjuntamente con la madre”. 

“He ido donde varios jueces y me dicen cómo es posible la interpretación de este artículo si el régimen de visitas se establece cuando los hijos son extramatrimoniales y en la mayoría de pensiones en relaciones no matrimoniales”, aseveró Quesada, quien como asesora legal está asombrada de que exista en nuestro ordenamiento jurídico una norma que le quita el sustento legal tanto a los procesos alimentarios como a los regímenes de visita y lo peor es que se dio cuenta una jueza en otro país.

 

CARTA AL PANI

 

Desde el 2014 Fundiapho envió al PANI una carta en la que expone el caso y la necesidad de realizar una reforma al artículo 155 del Código de Familia.

“Si ya se enteraron que existe este artículo que a un padre de un día al otro le cercenaron la paternidad y a una niña le quitaron su padre, ¡por Dios! Entonces para qué diantres sirve el PANI, si saben que en cualquier momento a otra niña o niño le pueden quitar su padre”. 

Eugenia Quesada, abogada que lleva el caso, destacó que acudió a la división jurídica de la institución y le indicaron que alistarán la modificación del artículo, lo cual ya hicieron y la presentaron a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa, donde esperan reciba el apoyo de los congresistas.

Guiselle Ulloa, de Asuntos Jurídicos del PANI, expresó: “El PANI fue diligente y tengo documentado el trámite que se hizo por nuestra parte, incluso correos. El padre mediante correo me indicó que no deseaba apelar la resolución judicial, que deseaba se reformara dicha norma del Código de Familia”, dijo la funcionaria.

PERIODISTA:

EMAIL:

Jueves 01 Septiembre, 2016

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA