Tras el recurso de amparo que presentó un recurrente contra el Ministerio de Hacienda, donde alegaba que no logró presentar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto sobre las Ventas, pues los sistemas de informática tenían errores y no lo pudo hacer vía web. La Sala Constitucional acogió para estudio y votó de manera parcial el recurso tomando que la declaración del impuesto sobre las ventas sí presentó dichos errores y que además los servicios públicos tienen que ser eficientes y garantizar su funcionamiento continuo, lo cual evidentemente no estuvo a la estatura por parte de la administración.
HACIENDA RECONOCE ERROR
En un comunicado de prensa emitido por el Ministerio de Hacienda hacen alusión a la sentencia Constitucional N.2015-644. “En acatamiento de lo resuelto por la Sala Constitucional ha procedido a reconocer como habilitada la presentación de las declaraciones de este impuesto el día 16 de diciembre, de manera que, en caso que algún contribuyente presentara su declaración durante este día, no se generará cobro de intereses, mora o sanción por presentación tardía de la declaración.
En caso que se hubiera cancelado alguna suma por estos conceptos, los contribuyentes que se encuentren en la situación indicada, pueden apersonarse a la Administración Tributaria a la que se encuentren adscritos y solicitar que se le aplique el crédito a su favor al pago de las siguientes declaraciones, o solicitar la devolución correspondiente”, indicaba el comunicado.
En el Consejo de Gobierno se le consultó al Ministro de la cartera, Helio Fallas, quien admitió desconocer del fallo constitucional, pero sería respetuoso de su acatamiento.
PERIODISTA: Alexander Méndez
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Miércoles 28 Enero, 2015
HORA: 12:00 AM