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Opinión

La ley a su alcance

CONSULTA: En una carta le conté sobre un cobro que hizo la Municipalidad sobre bienes inmuebles, pues de ¢4 mil que comencé pagando pasó luego a ¢34 mil, pero a principio de este año llegó una nota que para el 2015 tengo que pagar ¢182 mil. Por medio de un conocido presenté la apelación sobre dicho cobro y la respuesta de la Municipalidad no la entendí.


Quien me ayudó dijo que la Municipalidad anula el avalúo y guarde como un tesoro el recibo, para cuando llegue el cobro el otro año se los presente y según él, asunto terminado. En cuanto a que el municipio procederá a la apertura de la mortual, le pido por favor que me aclare qué debo hacer, pues en estos asuntos soy totalmente nulo. Quiero que me diga la verdad y qué camino tengo que seguir. Fui a los Consultorios Jurídicos en la Universidad de Costa Rica en San Pedro, pero me dijeron que ellos no llevan estos casos.


RESPUESTA: La nota que hoy contesto tiene su historia. En primer lugar, se trata de una persona que vive en la propiedad que fue de su padre fallecido. Como en los municipios se cobra sin registro de defunciones, quien aparece como dueño, sigue siendo deudor, aunque haya muerto. Pero en el momento en que se haga un cobro, no se le puede hacer al dueño. Para empezar, ni siquiera lo pueden notificar, por la razón obvia de que ya no está entre nosotros.


Afortunadamente, el municipio al que se le dio la información de la muerte del contribuyente actuó como debe ser. En este caso, anuló un nuevo avalúo, y “amenaza” con abrir la mortual. Eso está correcto, pero el interesado debería hacerlo. En el caso de que la Municipalidad abra la mortual, tiene que proponer un albacea, que debería ser un pariente cercano del fallecido. Además, notificar a los posibles herederos, pero no solo mediante aviso en La Gaceta, sino personalmente o en la casa de habitación.


Como ese trámite es de interés de la Municipalidad, puede ser que en el papeleo el interesado, quien hace la consulta, no aparezca. Por eso, debe hacer todo el esfuerzo posible para tramitar usted la mortual, que puede hacerse notarialmente, y anotar la existencia del trámite ante el Registro Nacional.


Me parece muy raro que en los Consultorios Jurídicos no le ayuden porque su finalidad es ayudar a gente como usted; no se trata de reclamar una herencia, sino de defender su casa, frente a la voracidad del municipio. Hable con el director regional de los consultorios, porque a veces quien rechaza el servicio es el guarda del lugar. Debe ir a la raíz del cacho, a quien dirige, al responsable de los consultorios.

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Miércoles 17 Septiembre, 2014

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Lic. Gerardo Morales.

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