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Opinión

¿Pensión o trabajo de por vida?

La pregunta en boga de los últimos días es: ¿podrá un costarricense, al llegar a su vejez, tener una pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social, después de haber cotizado durante toda su vida?


Según he podido observar y leer en medios de comunicación, no se sabe a ciencia cierta el futuro económico de este régimen. Un día la Supén indica que el régimen está próximo a colapsar, y al día siguiente la Caja afirma que no hay ningún problema a mediano plazo. Por último, deciden unir fuerzas y hacer juntos un estudio de este régimen, que —dicho sea de paso— le costará una millonada a los cotizantes, para determinar con exactitud el estado de salud del IVM.


Ahora bien, esperando una respuesta que solo el tiempo dará, hoy me encuentro más confundida que meses atrás. Resulta que la CCSS va a gastar de nuevo una millonada remodelando las oficinas centrales, por un monto de unos 23 millones de dólares, cifra que no me animo a pasar a colones.


Aclaro que no estoy en contra de las remodelaciones, las cuales se han postergado por más de diez años, y este asunto también me causa pánico. No puede ser posible que se haya dejado a un lado un tema tan relevante para tantos funcionarios que laboran ahí, a los cuales se debe sumar la cantidad de usuarios que se atienden diariamente. Es algo incomprensible.


Retomando el tema, la CCSS planea utilizar los fondos que todos los costarricenses han aportado de forma solidaria para una futura pensión, como solución para mitigar el gasto de las remodelaciones. Pretende pagar un monto por alquiler de 100 millones de colones mensuales a este régimen. ¿No es más viable utilizar ese monto para ir remodelando mensualmente este edificio? ¿O es mejor que el Régimen de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte realice una inversión que no generará ninguna rentabilidad?


La Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, n.º 17, en su artículo 39, hace una clara referencia a que se debe invertir bajo una serie de principios, en busca de procurar el equilibrio necesario entre seguridad, rentabilidad y liquidez. En igual sentido, el artículo 1 de este cuerpo legal indica que los fondos y las reservas de estos seguros no podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas de las que motivaron su creación. Esto último se prohíbe expresamente.


Entonces, necesito que alguien me aclare cómo es que los fondos de pensiones se utilizarán en remodelaciones. ¿Acaso dentro de su presupuesto anual la Caja no tiene un presupuesto para dichas obras?


Lo más preocupante para mí es qué pasará con mi pensión. ¿O será que tendré que trabajar de por vida? ¿O me darán como premio de consolación una puerta, una computadora o una ventana de la CCSS, pues parte de mi pensión la van a usar para las remodelaciones?

 


*Asesora parlamentaria.

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Martes 17 Diciembre, 2013

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Por: Ángela Mora Orias

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