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Nacionales

Niños tienen derecho a decidir dónde vivir

La Sala IV le dio la razón a una niña que quería irse a vivir con su mamá fuera del país, pese a la negativa de su padre

La Sala Constitucional hizo un cambio en la jurisprudencia, al determinar que un menor de edad tiene el derecho de decidir irse a vivir fuera del país con uno de sus padres aunque el otro no esté de acuerdo.

 

En la resolución 201312990, los magistrados declararon con lugar un Hábeas Corpus interpuesto por una madre a quien se le negó el derecho de sacar a su hija del país, pese a que la niña tenía 10 años de residir en Canadá y llegó a Costa Rica de visita.

 

Según se desprende de la sentencia, el padre de la menor, quien todavía disfruta de la patria potestad de la niña, envió una nota a la Dirección de Migración en la que eliminaba la autorización que había dado anteriormente para que su exesposa pudiera salir del país con su hija. Esto provocó que cuando ambas llegaron al aeropuerto para tomar el avión rumbo a su casa, las autoridades migratorias le negaran la salida.

 

Dentro de las valoraciones hechas por ese alto Tribunal se encuentra el derecho superior del menor de decidir si quiere regresar al país en el que ha vivido los últimos 10 años, en donde estudia y ha desarrollado su vida. Esto porque la niña fue llevada a ese país desde que tenía dos años de edad.

 

“Este Tribunal ha expresado que en los procesos donde se involucren menores de edad se debe procurar la prevalencia del interés superior del menor, de manera que se encuentren soluciones que favorezcan la vida y el desarrollo integral del niño adolescente”, indica el fallo.

 

Por eso es que determinó que la custodia otorgada a la madre supone que ella debe mantener las condiciones de vida que tenía en los últimos años, debiendo residir con su progenitora en Canadá.

 

“No puede existir una custodia que imponga un cambio de residencia a la madre y a la menor, desarraigándola del medio social y cultural que fue aprobado, en su momento, por la autoridad judicial. En este contexto, la potestad paterna de impedir la salida del país de la amparada, se convierte en un ejercicio abusivo de un poder que modifica uno de los elementos esenciales de la sentencia de divorcio”, agregó la sentencia.

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Viernes 11 Octubre, 2013

HORA: 12:00 AM

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