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Sucesos

OIJ se desmarca de medidas para exiliados nicaragüenses

Tras atentado en San Pedro

Ministerio Público dice que existen medidas de acuerdo con la valoración de la víctima. Se puede obtener una custodia perimetral o policial, de acuerdo con cada caso.

Tras el atentado que sufrieron el exiliado nicaragüense Joao Maldonado junto con su esposa Nadia Robleto, surgieron muchas interrogantes sobre por qué se dio el ataque a plena luz del día. Los expertos en seguridad comentaron que el sistema de protección a víctimas y testigos falló, sin embargo, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) señaló que ellos no tenían competencia en las medidas de protección para la pareja.

 

¿POR QUÉ EL OIJ NO TENÍA LA CUSTODIA?

 

Según el OIJ, “No contaba con protección por parte de funcionarios de la Unidad de Protección de Víctimas y Testigo (Uprov); es importante aclarar que el Programa de Protección de Víctimas, Testigos, es administrado y dirigido únicamente por la Oficina de Atención a la Víctima del Delito (Oavpd), que está circunscrita al Ministerio Público del Poder Judicial. Dentro de sus funciones, refiere el artículo 6 de la Ley 8720, ‘Protección a Víctimas, Testigos y Demás sujetos intervinientes en el Proceso Penal’”.

Y continuó: “(…) La ley dice que ‘Corresponde a la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público, dentro de sus funciones de atención y asistencia a todas las víctimas de delitos, administrar el Programa de protección de víctimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el proceso penal’”.

Además, el Organismo dice que dicha Oficina de Atención cuenta con el apoyo de equipos técnicos evaluadores, integrados por criminólogos, psicólogos, trabajadores sociales y abogados, quienes definen y administran las medidas procesales o extraprocesales que se aplica a las personas que accedan al programa.

Por lo tanto, “al Organismo de Investigación Judicial por orden de ley le corresponde operativizar en campo las directrices que sean emitas por la Oficina de Atención, para el resguardo de las personas cuando así sea definido, toda vez que a pesar de que estas puedan estar en el Programa de Protección no siempre se les aplica asistencia policial”, señalaron. 

Esto quiere decir que solamente se puede tomar esa clase de decisiones si el Ministerio Publico, único ente encargado de establecer medidas, lo solicita, y después de una valoración. 

 

¿CÓMO FUNCIONA LA OFICINA DE PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y TESTIGOS?

 

Ante la afirmación del fiscal general de la República Carlo Díaz, sobre que sí existían medidas de protección hacia las víctimas, DIARIO EXTRA conversó con el director del OIJ Randall Zúñiga, para preguntarle por qué el OIJ no estaba incluido, a lo que respondió: “Podría ser que tenga medidas de parte del Ministerio Público, desconozco esta parte, pero a nivel de OIJ por lo menos no estaba en protección”. 

Ante la duda de si existían dos oficinas de protección, efectuamos la consulta a la oficina de prensa del Ministerio Público. 

“La Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito es una oficina que pertenece al Ministerio Público y se encarga de lo que su nombre indica: atender y proteger a las personas víctimas, testigos y demás intervinientes en el proceso penal, es un programa voluntario, lo que significa que no se obliga a ninguna persona a permanecer en él. Sin embargo, quienes ingresen al programa deben seguir las recomendaciones de abordaje que dé un equipo disciplinario conformado por profesionales en derecho, psicología, trabajo social y criminología. Valga aclarar que no es la víctima o testigo la que decide si requiere de atención o de protección, sino un análisis profesional del equipo en mención”, respondió la oficina de prensa. 

De igual modo, subrayan que el no cumplimiento de alguna de las recomendaciones puede ser una causal para que la persona no pertenezca más al programa, y que en el Organismo de Investigación Judicial hay un despacho que trabaja de manera conjunta con esta oficina, que se llama Unidad de Protección de Víctimas y Testigos. 

Pero ante estas respuestas, más bien surgieron nuevas preguntas, en especial: ¿por qué si los extranjeros opositores al Régimen de Daniel Ortega tenían protección de todos modos fueron atacados?

El Periódico de Más Venta en Costa Rica se dio a la tarea de consultar con el ex fiscal general Jorge Chavarría, para dilucidar posibles aristas que permitieron que el ataque se diera, aun cuando existían esas medidas por parte del Ministerio Público.

Chavarría dijo: “Probablemente ya se había hecho el estudio, lo que quiero dejar claro es que las medidas se toman una vez que el estudio técnico está finalizado. Lo que se sigue después son las recomendaciones del estudio técnico, es un análisis hecho por criminólogos y expertos también, que son los que rinden un dictamen y eso se somete a una valoración de varios especialistas y del fiscal y desde luego estas decisiones de qué es lo más conveniente recomendar”.

Al consultarle al experto si existía la posibilidad de que las víctimas salieran de ese perímetro de seguridad y que por eso fueron atacadas, contestó: “Probable sí, al parecer sí”.

Chavarría señaló que el Ministerio Público dicta una serie de recomendaciones que las víctimas deben acatar, y que estas resultan indispensables para resguardar sus vidas. 

Finalmente, prensa del Ministerio Público externó que cada oficina tiene asignados recursos de manera independiente: los de la oficina del Ministerio Público se cargan a ese despacho, mientras que los de la Uprov se dan al OIJ.

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Sábado 13 de Enero, 2024

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