Las personas que viajan en un vehículo con la máxima capacidad del carro o al menos 4 ocupantes (contando al conductor) tienen derecho a circular en la zona central de San José, en las horas pico de la mañana y la tarde, pese a tener restricción vehicular por número de placa.
Según el Decreto No. 37370-MOPT de octubre de 2012, los automóviles no serán sancionados el día que deben cumplir la restricción por número de placa, entre 6 y 8 a.m., y entre 4:30 y 7 p.m. si viajan con ocupación plena o con más de 4 personas dentro (en carros para al menos 5pasajeros).
Esta iniciativa tiene como objetivo reducir la cantidad de vehículos en las calles, pues vecinos o compañeros de trabajo se pueden poner de acuerdo para viajar juntos y no cada quien en su carro.
De igual forma, las franjas de horario en que se aplican buscan facilitar el desplazamiento de las personas desde y hacia sus lugares de trabajo o estudio, explicó German Marín, director de la Policía de Tránsito.
Marín detalló, retomando la medida, que un vehículo con al menos 4 ocupantes no será sancionado en las franjas horarias descritas, esto incluye a las busetas de uso particular para 8, 10 o 12 personas, por ejemplo. Recalcó que una buseta de uso particular para 8 personas, si viaja con 4 personas (el conductor y 3 acompañantes) no es sancionada. Explicó que quienes lleven ocupación plena (aunque sean para dos personas) no serán sancionados en las franjas indicadas.