Pensiones alimentarias de ¢20.000 o ¢30.000 son interpuestas para evitar que familiares cumplan causas penales o utilizar los centros de apremio corporal como albergues para librarlos de las drogas o terminen muertos en manos de sicarios u organizaciones criminales.
Esta es la realidad de muchos casos en centros penales, tanto de hombres como de mujeres, los cuales han sido identificados por autoridades de Adaptación Social.
Maureen Solís, abogada y jueza de familia, y otros jueces realizaron una visita técnica al Centro de Atención Institucional (CAI) en San Rafael de Alajuela y la Cárcel Vilma Curling en San Rafael Arriba de Desamparados.
La principal intención de la visita fue corroborar los casos donde la figura del apremio corporal (que impone cárcel por pensión alimentaria) se está utilizando para otros casos.
¿QUÉ ENCONTRARON?
La visita técnica permitió corroborar casos de personas que huyen del crimen organizado o del sicariato, por lo cual familiares cercanos les imponen una pensión alimentaria y pasan por el apremio corporal, inclusive hasta seis meses, para librarse de la situación.
Asimismo, hay casos de personas drogadictas o alcohólicas cuyas familias para evitar que sigan consumiendo toman la decisión de ponerles una pensión alimentaria por montos muy bajos y terminan siendo recluidas por este tema.
Solís indicó que hubo total transparencia de los funcionarios penitenciarios a la hora de describir los casos que se presentan diariamente.
“Tuvimos la oportunidad de conversar con varias personas, privados de libertad, policías penitenciarios, con la directora. Pudimos detectar las circunstancias reales de los apremiados.
Se usa para muchas cosas, para evadir causas penales, o sea, el OIJ ahorita los anda buscando y está publicando la foto en la tele, pero resulta que los policías penitenciarios tienen que llamar para decir que están ahí en apremio corporal”, explicó Solís.
Otro de los temas que preocupa a la jueza es que la medida se está utilizando también para garantizar temas de salud a personas que no tienen trabajo o recursos para un seguro del Estado.
“En esto quiero ser enfática, la gente que entra por apremio corporal, muchos de ellos son personas que no tienen seguro, ya que perdieron el trabajo o nunca lo han tenido.
Tienen problemas para tener seguro y necesitan un tratamiento, entonces es muy fácil, le dicen a un familiar y le ponen la pensión provisional”, agregó.
CONFIRMACIÓN
DIARIO EXTRA conversó con Juan Carlos Arias, director de Adaptación Social, quien confirmó que han identificado este comportamiento, por lo cual tratan de tomar acciones para evitarlo.
“Nos llegan personas que se metieron con algún tipo de grupo organizado y no pueden salir de la situación, las han amenazado, entonces han buscado la manera de que les pongan la pensión, se entregan a la autoridad y se ocultan ahí con custodia del Estado mientras pasa el problema”, explicó.
Además, relató que hay casos muy tristes en que las familias utilizan la figura del apremio corporal en fechas festivas para dejar a personas adultas mayores y les retiran la medida días después o cuando pasan las vacaciones.
“Por ejemplo, hay una familia que para final de año o para fechas especiales en algún momento particular no quiere hacerse cargo de la persona mayor que convive con ellos, entonces hemos logrado confirmar que lo que hacen es interponer una denuncia por pensión”, detalló.
Arias confirmó que esto está provocando una presión económica a nivel penitenciario, ya que los casos son muy específicos.
“Estamos recibiendo una cantidad de apremiados que es mayor. Hemos tenido un crecimiento en cuanto al ingreso y creemos que también se debe mucho a todas esas personas que realmente no deberían ingresar, pues claramente nos implica un mayor gasto en cuanto al personal para la vigilancia, los espacios que ocupan dentro del recinto o la alimentación”, comentó.
¿QUÉ ESTÁN HACIENDO?
Esta situación fue denunciada recientemente en un foro en el que participaron Natasha Quesada, directora de la Unidad de Pensiones Alimentarias; Maureen Solís, jueza de familia; y Juan Carlos Arias, director de Adaptación Social.
En dicha actividad hicieron un llamado urgente a los jueces que deben dar seguimiento a los casos de pensiones alimentarias, que se apersonen a conocerlos y hagan las visitas respectivas.
“No hay visitas de monitoreo, no hay un juez de ejecución de apremios; o sea, existe un juez de ejecución de la pena, pero el apremio no es una pena. El poder de ejecución de la pena no ha sido evaluado adecuadamente en estos temas”, dijo Solís.
“Hicimos una exposición de esta situación, los invitamos (jueces) a visitar el centro de apremiados corporales para que ellos constataran lo que les estábamos refiriendo y algunas otras situaciones de coordinación que tienen que ver con ellos también”, explicó Arias.
RECURSO
Tras identificar esta situación, Solís presentó un recurso de Habeas Corpus en el que describe todo lo que encontraron en las visitas técnicas y solicitó se condene al Poder Judicial por no realizar visitas de monitoreo a las personas apremiadas corporales al estar detenidas.
Por otra parte, espera que se ordene al Poder Judicial que en un plazo de seis meses genere una política institucional sobre apremio corporal y visitas de monitoreo.
Además, busca que se formalicen visitas semestrales para que se conozca el estado de las instalaciones donde permanecen los apremiados.
ESTADÍSTICAS
Los detenidos por pensión alimentaria apenas superan los 300, ya que en la mayoría de los casos buscan cómo pagar la deuda, sin embargo, otro pequeño grupo pasa varios meses hasta solucionar su situación.
En la actualidad existen 197.000 personas demandadas con expedientes activos de pensión alimentaria y más de 156.000 corresponden a casos con denuncias presentadas por mujeres.
La mayoría de personas en expedientes activos (78.000) pagan entre ¢50.000 y ¢100.000, de acuerdo con datos del Observatorio de Género del Poder Judicial.
Un 62% de las mujeres demandantes se encuentran en el rango de 27 a 44 años, mientras que un 70% de los hombres que fueron demandados están entre los 27 y 53 años.
Un dato a destacar es que, en los dos casos, tanto solicitantes de pensión alimentaria como demandados, la mayoría corresponden a un estado civil de soltería.