Urgencias del maltrato y la crueldad animal

Juan Carlos Peralta Víquez Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica

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Los actos de maltrato animal constituyen la primera manifestación de violencia social que muestran los seres humanos desde edades tempranas. Ya como adolescentes o adultos, estos evolucionan y se proyectan hacia otras personas con las que conviven.

Gracias a la Ley Nº 9458, producto de una iniciativa popular que reforma el Código Penal, a partir del año 2017 se tipificaron los delitos contra los animales y Costa Rica cuenta hoy con un excelente marco legal para castigar los actos dolosos de maltrato, crueldad y muerte de estas criaturas, aunque también se deberían analizar, tipificar y castigar los delitos culposos.

Sin embargo, Fuerza Pública todavía no cuenta con protocolos de Bienestar Animal. Aunque acude a los llamados de emergencia, muchas veces llega tarde. Identifica al agresor y hace la coordinación funcional con el OIJ-Senasa, para determinar si se trata de una infracción a la Ley de Bienestar Animal Nº 7451 o si constituye un delito penal, en cuyo caso traslada al imputado al Ministerio Público y custodia la escena del crimen para proteger la cadena de pruebas.

El OIJ no llega a tiempo y no hay disponibilidad de funcionarios de Senasa para apersonarse en todos los casos. Por otra parte, en el Ministerio Público existe un gran desconocimiento de la normativa nacional e internacional suscrita por el Gobierno.

Ante la lentitud de las autoridades, el gran peso de la labor de atención de casos de maltrato animal está en manos de rescatistas y organizaciones, quienes se ven obligadas a actuar de muy buena voluntad, enfrentando agresores, poniendo en peligro sus vidas y las de los animales agredidos. Al retirarlos y trasladarlos para procurarles atención, muchas veces contaminan las pruebas que se necesitan para los procesos judiciales.

Los ciudadanos comunes graban imágenes de actos de violencia contra los animales y los exponen en redes sociales, pero no acuden a presentar las denuncias formales por temor, por desconocimiento o porque son desalentados por las autoridades que no quieren recibir denuncias y menos atender los casos.

De ahí que muchos piensen que tenemos una ley que no es eficaz y no se cumple.

Ante el aumento de casos de maltrato, crueldad y muerte animal, más bien se debería ir pensando en una medicatura forense, una fiscalía y una policía especializada en Bienestar Animal para atender estos delitos.

En cuanto a las penas actuales, que van desde los tres meses y no superan los dos años de cárcel, ya es hora de aumentarlas como lo plantea el Proyecto de Ley Nº 24,065, el cual propone una pena mínima de un año y máxima de cinco años. Además, establece para los infractores una medida de inhabilitación para tener animales, extensiva a su círculo familiar.

Un aumento de penas permitirá crear conciencia en las autoridades sobre la gravedad de los delitos contra los animales y el peligro que representan los agresores para sus familias, comunidades y sociedad.

Urge que las municipalidades realicen campañas educativas a nivel comunitario sobre tenencia de animales, responsabilidades del tutor de un animal y sanciones a que se expone si no cumple sus obligaciones. Asimismo, abordar el tema del maltrato animal como primer indicador de violencia intrafamiliar y comunitaria, y la escalada de esta forma de violencia hacia otras personas.