CONSULTA: Buenas tardes, señor Licenciado, mi pregunta es la siguiente: Cuando una persona extiende una carta de recomendación, en caso de que el recomendado haga mal uso de ella, o cometa actos ilícitos ante el patrono que lo contrate o persona que confíe en Él, basándose en dicha recomendación, ¿en qué responsabilidades jurídicas podría estar involucrado el recomendante?
RESPUESTA: La única consecuencia, que no es tan grave, de suscribir una recomendación sobre el conocimiento, a veces superficial de una persona, es que es recomendado no cumpla con las expectativas que se esperaban de sus responsabilidades.
En los tiempos que corren, en la vida social la recomendación es un juicio de valor que tiene quien la firma a favor de otro. Pero no se asumen responsabilidades, como sí ocurre en algunas de estos requisitos más formales, como es recomendar una especial habilidad para un trabajo especializado, un arte especial o una facultad suficiente para cumplir un cometido de importancia. Por ejemplo, la recomendación de un maestro de obras que no sabe la proporción de 3% cuartos de arena por un cuarto de cemento, para tener una mezcla aceptable, o un electricista que no diferencia un positivo de un cable negativo y una tierra.
Nunca debemos ser muy dadivosos en cuanto a la recomendación, porque puede resultar el trabajo mal, pero lo que se pierde es la amistad con el inversionista o empleador.