Una gran reforma judicial para Costa Rica (II)

Ya se escuchan los tambores cercanos de una reforma del Poder Judicial.  Desde el seno mismo de la Corte Plena, Paul Rueda de la Sala Constitucional sugiere la conformación de una serie de comisiones de magistrados a fin de estudiar las bases para lo que se ha llamado la “gran reforma judicial”.  En palabras del […]

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Ya se escuchan los tambores cercanos de una reforma del Poder Judicial.  Desde el seno mismo de la Corte Plena, Paul Rueda de la Sala Constitucional sugiere la conformación de una serie de comisiones de magistrados a fin de estudiar las bases para lo que se ha llamado la “gran reforma judicial”.  En palabras del magistrado Román Solís, de la Sala Primera, se trataría de un documento conciso que señale las direcciones hacia donde caminar en el proceso de reconstitución del Poder Judicial.

Se trata, sin duda, de un momento trascendente para el país, donde estarán en la palestra del debate, entre otros temas, los requisitos de aquellos y aquellas que ocuparán la magistratura, la forma de su designación, la redistribución de funciones administrativas y jurisdiccionales actualmente en manos de la Corte Plena y la reconfiguración del Consejo Superior del Poder Judicial.

Estoy seguro que todos estos temas, urgentes por supuesto, significarán cambios legislativos y reglamentarios, algunos de ellos, también implicarán reformas constitucionales, con el fin de garantizar la estabilidad y permanencia de los cambios sugeridos.  No obstante, algunos de los cambios necesarios no son de orden normativo, y por su naturaleza, no son de fácil consecución.  Se trata de los cambios en la cultura judicial.  En efecto, la transformación institucional también implica el cambio de la forma de comprender la judicatura en su conjunto, comprender el papel e importancia del quehacer jurisdiccional, y el difícil correlato de fuerzas a lo interno del Poder Judicial, luego de la fractura institucional provocada por la reciente huelga de hace unos meses.

Aun resuenan las palabras, que desde el sector de la política nos avisaron de la forma en que se esperaba reconfigurar el Poder Judicial:  por medio de una magistratura flexible y acorde con el clima de negocios en el país.  Y es que un proyecto político de esa magnitud no podía significar otra cosa más que un conjunto de designaciones que iba en consonancia con un discurso proclive a los compadrazgos, a las influencias, a la comunicación constante entre el Poder Legislativo y Judicial, y, por supuesto, a plantear una comunidad de ideas que hiciera “fácil” la conducción de los temas de urgencia.

Esta expresión que se dio con ocasión del acre debate sobre la no reelección del magistrado Fernando Cruz, de la Sala Constitucional, era, sin duda, una amenaza para esa Sala, con el objetivo de que tomara en cuenta que sus fallos y decisiones podrían significar la no reelección de sus miembros que manifestaran en sus sentencias un rompimiento con el statu quo económico, y la estabilidad de las decisiones que desde “Cuesta de Moras” eran tomadas.

Y es que no es de otra manera que pueden entenderse los recientes nombramientos de magistrados, y la forma en que estos se comportan en el gran entramado de fuerzas que se gestan en la cotidianeidad del quehacer público.  No hace mucho tiempo, uno de estos magistrados sentaba cátedra cuando decía que la Sala Constitucional tenía que aprender a hacerse a un lado y a decidir conforme al clamor popular.  Esas palabras aun resuenan con sus dejos de corporativismo y de alienación de lo judicial, y podemos estar seguros que aun escucharemos otras expresiones igualmente “creativas” conforme al espíritu de los tiempos.

Esa transformación de la “cultura judicial” no será, entonces, sencilla.  No sólo porque los viejos pensamientos conservadores de la magistratura tradicional siguen regentando la Corte Plena, sino porque los “nuevos” magistrados no estarán totalmente de acuerdo en una transformación tan profunda, por los menos no todos, y no todos con el mismo nivel de convencimiento.

Regentar una determinada jurisdicción o controlar los proyectos y temas de moda en el Poder Judicial provoca una profunda emoción.  No solo si se trata del proyecto de descongestionamiento, de conciliación judicial o de acreditación de tribunales y salas, sino también de las comisiones de coordinación con el Organismo de Investigación Judicial, o la comisión de nombramientos a lo interno del Poder Judicial; todas ellas son oportunidades para ejercer influencia y decisión, determinar direcciones y reservar cotos de poder de gran influencia y trascendencia públicas.

Privarse de la decisión en procedimientos disciplinarios o eliminar la posibilidad de designar a los más altos jueces en los tribunales más influyentes del país es algo que no creo que sea sencillo de renunciar, como tampoco lo es renunciar al control del Ministerio Público o de la Policía Judicial.

Hasta ahora era posible crear un cierto grado de discernimiento y de expectativa, pues había una cierta confianza en que todos esos procesos decisorios y esas tareas eran ejercidos con gran responsabilidad y un profundo convencimiento democrático.  No obstante, los últimos acontecimientos llevan a mantener un margen de incomodidad y obligan a repensar lo que se ha venido haciendo.

La fracción legislativa del Frente Amplio ha dado un paso hacia delante con un proyecto de reforma constitucional muy ambicioso, de exquisita factura y excelente orientación planteado por el jurista Walter Antillón Montealegre.  Este texto, que ya entró a la corriente legislativa, contempla una reforma muy intensa del Poder Judicial, donde se sustituye el actual Consejo Superior del Poder Judicial y a la Corte Plena por un Consejo Superior de la Judicatura, cuyo nombramiento plural le permita estar a buen recaudo de las veleidades de la política.  Los magistrados serían sustituidos por jueces de casación, del más alto nivel, para que resuelvan los casos y negocios que llegan a la más alta instancia jurisdiccional, siendo ese su único compromiso.  Los demás temas, administrativos, de nombramientos, de presupuesto, de decisiones perentorias serían asumidos por el Consejo de la Judicatura.

 

Así las cosas, se pretende un cambio radical en la actual configuración del Poder Judicial.  Con todo, aun hará falta decidir de qué manera se escogerán los magistrados y magistradas, si será posible hacerlo mediante mecanismos realmente objetivos y de méritos, y mediante órganos externos al Poder Legislativo, como lo propone recientemente la Defensora de los Habitantes, Montserrat Solano Carboni, en una enjundiosa propuesta sometida a conocimiento de los diputados y diputadas.

La señora Defensora de los Habitantes propone, en primer lugar, un órgano externo de escogencia que bien puede inspirarse, como ella misma sugiere, en las comisiones de postulación de los miembros de la Corte Penal Internacional o del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.  Estas comisiones están integradas por miembros de reconocido prestigio moral y de conocimiento de la jurisdicción que aseguren que las personas que integrarán estos tribunales son las mejores, asegurando la selección mediante mecanismos transparentes de evaluación.

Doña Montserrat ha indicado, que el propio Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha recomendado la necesidad de establecer órganos independientes encargados de la designación de los magistrados y magistradas.  El Relator Especial sobre Independencia de Magistrados y Abogados, Leandro Despouy, en el año 2009, también señaló la importancia de estas comisiones independientes, conformadas principalmente por jueces, con una integración plural de legisladores, abogados y académicos, para tratar de mantener bajo control las innecesarias influencias políticas en la designación de los más altos cargos de la judicatura.  Es porque, finalmente, mediante estas designaciones se está garantizando la independencia de criterio, la corrección técnica y científica de los fallos, así como también la idoneidad moral y ética de quienes integrarán las altas cortes. (Continuará).

*Decano Facultad de Derecho, UCR.

 

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