Las posibilidades de Alfredo Córdoba Soro de regresar a la alcaldía de San Carlos se esfumaron de un solo golpe por parte del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Al exalcalde sancarleño se le retiraron las credenciales desde el pasado 14 de julio siendo la primera vez que el ente electoral procedió a efectuar esa acción.
El Juzgado del Segundo Circuito Judicial de San José otorgó un plazo de suspensión para Córdoba Soro del 18 de febrero al 18 de agosto que le impedía ejercer cualquier cargo público.
No obstante, el artículo 18 inciso c del Código Municipal establece que es sujeto de la cancelación de la credencial “ser declarado por sentencia judicial firme, inhabilitado para ejercer cargos públicos”.
Córdoba interpuso un recurso de revocatoria y un “trámite de urgencia” contra la sentencia del Tribunal Supremo de Elecciones N.º 4724-M-2022 a los magistrados que integran ese órgano electoral.
APELACIÓN
El exalcalde norteño alegó una aparente incorrección a la que habría incurrido la Jueza Tramitadora del Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José.
Dijo que comunicó al pleno la sentencia firme en su contra y el plazo específico en que estaría inhabilitado para ejercer cargos públicos y de elección popular.
Citó que el fallo de fondo no precisó las fechas en las que se ejecutaría la pena, por lo que Raúl Escalante Soto, apoderado especial de Córdoba interpuso el recurso de revocatoria el pasado 19 de julio.
Eugenia Zamora, presidenta del TSE, indicó que en materia electoral no son impugnables sus actuaciones y resoluciones, según lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Política.
“La jurisdicción electoral a cargo de este Tribunal es especializada, concentrada, exclusiva, prevalente y excluyente, lo que significa que no resulta admisible ningún mecanismo de impugnación que se formule contra la decisión final que adopte este Tribunal en los procesos del contencioso electoral, como lo son las diligencias de cancelación de credenciales.
En consecuencia, lo procedente es rechazar de plano la impugnación presentada por el señor Raúl Escalante Soto”, señaló Zamora.
TRÁMITE URGENTE
El exalcalde reprochó las actuaciones de la jueza tramitadora del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.
Sobre ese punto en particular, el TSE no corresponde al superior jurisdiccional en grado de autoridad judicial, lo cual hace que no sea dable controlar sus decisiones por recurso.
Dijo que en el análisis de la sentencia judicial no se contempló el rango de días específicos, sino de la firmeza.
“La referida resolución se tomó con base en la gestión incoada por la señora Karol Salas Vargas y los documentos que se aportaron al expediente, específicamente la sentencia N.º 791-2019 del Tribunal Penal de Hacienda y Función Pública y la certificación de que ese fallo se encontraba en firme.
Documentación que este Pleno, como órgano jurisdiccional que es, requirió a las autoridades penales en el trámite de un proceso diligenciado según las reglas que rigen el contencioso-electoral”, indicó la presidenta del TSE. La jerarca enfatizó que ante esas razones esa gestión de trámite urgente no procede.
EL CASO
El caso en cuestión se lleva con el expediente judicial 15-000083-0621-PE y la sentencia N.º 791-2019 de las 2:15 p.m. del 12 de noviembre de 2019.
El Periódico de Más Venta en Costa Rica publicó en su edición del 13 de noviembre de 2019 que Córdoba Soro habría sido suspendido por seis meses para ejercer cargos públicos y lo condenaron a cancelar más de ¢3 millones.
Al alcalde se le acusó en aquel entonces por cinco delitos por nombramientos ilegales, dos relacionados con tráfico de influencias, dos de reconocimiento ilegal de beneficios laborales, dos de prevaricato y uno por peculado.
Sobre el caso en particular, el Ministerio Público solicitó inicialmente 23 años de prisión, no obstante, el Tribunal Penal de Hacienda descartó esa posibilidad.
Los hechos se remontan al 2002, cuando se produjo el nombramiento de Wilbert Rojas como director administrativo de la Municipalidad de San Carlos.
La acusación señalaba que a Rojas lo designaron sin cumplir los requisitos de ley, entre ellos contar con el bachillerato universitario o la incorporación a un colegio profesional.
SIN RESPUESTA
DIARIO EXTRA trató de obtener una reacción de Alfredo Córdoba Soro, exalcalde de San Carlos, sin embargo, al cierre de edición no se obtuvo respuesta.