TSE publica guía clave sobre la fiscalización de asambleas partidarias

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), a través del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), puso a disposición pública la obra «Para entender la fiscalización de las asambleas partidarias en Costa Rica», elaborada por la especialista Martha Castillo Víquez.

El documento explica de forma didáctica el marco legal y los procedimientos que rigen la supervisión de las reuniones internas de las agrupaciones políticas.

El filtro legal que valida la democracia interna

Las asambleas son los órganos deliberativos donde los partidos políticos nombran sus estructuras de dirección y eligen a sus candidatos a puestos de elección popular.

La guía subraya que la presencia de un funcionario fiscalizador del TSE es un requisito de validez: cualquier asamblea celebrada sin la debida supervisión electoral es nula y sus acuerdos no pueden ser inscritos ante el Registro Electoral ni surtir efectos frente a terceros.

Reglas estrictas y controles operativos

El texto resume los principales candados normativos y logísticos que deben cumplir las agrupaciones partidarias:

  • Solicitudes digitales: Deben gestionarse mediante la plataforma electrónica del TSE con al menos cinco días hábiles de anticipación.
  • Horarios y recintos: Las reuniones solo pueden realizarse entre las 08:00 y las 19:00 horas en lugares con facilidades de acceso en transporte público y condiciones de seguridad.
  • Quórum y paridad: Se establece una tolerancia máxima de una hora para completar el quórum y se exige la verificación obligatoria de la paridad de género (50/50) y la alternancia por sexo en las nóminas.