TSE cambia consultas públicas en la web: Así funcionará ahora

Actualización publicada en La Gaceta

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) oficializó una reforma a las condiciones de acceso y consulta de información en la plataforma web del Registro Civil, con el objetivo de reforzar la protección de la privacidad y prevenir el uso indebido de datos personales. La medida fue establecida mediante el Decreto N° 7-2026, titulado “Reglamento para el acceso y la consulta web de datos personales de acceso general contenidos en la base de datos del Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 7 de octubre de 2026.

La nueva normativa se fundamenta en las atribuciones constitucionales y legales del TSE para administrar el Registro Civil, en armonía con el derecho a la intimidad, la autodeterminación informativa y la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Ley N° 8968).

El reglamento ejecuta lo dispuesto por el tribunal en su sesión ordinaria N° 58-2026 del 9 de julio de 2026, donde se ordenó implementar la identificación previa de consultantes y la minimización de la información expuesta al público.

Cambios principales que establece el nuevo reglamento:

  • Registro previo obligatorio para usuarios: Toda persona física mayor de edad que requiera realizar consultas en el sitio web del TSE deberá crear obligatoriamente un usuario personal e intransferible. Esta exigencia busca garantizar la trazabilidad de las búsquedas e identificar formalmente a los consultantes.

  • Anonimización y restricción en la consulta general: La consulta web pública y gratuita únicamente mostrará los datos básicos de verificación irrestricta (nacimiento, estado civil básico, defunción y domicilio electoral). Por el contrario, se excluyen de la visualización pública abierta los siguientes datos:
    • La identidad y nombres de los hijos e hijas.
    • Los nombres de los progenitores y la dirección de residencia.
    • El detalle individualizado de terceras personas vinculadas por matrimonios, divorcios, separación judicial o viudez.
    • Fotografías, firmas, huellas dactilares, teléfono, correo electrónico, causas de muerte o datos de salud.

  • Creación del perfil de “Acceso Diferenciado”: Para instituciones públicas, profesionales en Derecho (abogados y notarios) u organizaciones privadas que requieran consultar información más amplia por razones de interés público o competencia legal, la Dirección General del Registro Civil otorgará perfiles especiales de consulta. La aprobación requerirá una solicitud formal motivada y firmada digitalmente o autenticada.

  • Garantía de autoconsulta: La persona titular de los datos mantendrá el derecho de acceder a la totalidad de su propia información registral civil a través de su cuenta personal, incluyendo los datos restringidos a terceros.

  • Prohibición de “scraping” y descargas masivas: Se prohíbe de manera explícita el uso de herramientas automatizadas, robots, extracción masiva de datos (scraping), indexación por motores de búsqueda o interfaces automatizadas sobre la base de datos civil.

  • Bitácoras inalterables e informes de trazabilidad: El sistema registrará bitácoras electrónicas con el detalle de la cuenta, fecha, hora y categorías de datos consultadas. Cualquier ciudadano podrá solicitar al Registro Civil un informe para verificar quiénes y cuándo han consultado sus datos personales.

  • Sanciones por uso indebido: La comercialización de información, el uso para fines no autorizados o el incumplimiento de las medidas de seguridad darán lugar a la revocación de la cuenta y a eventuales responsabilidades administrativas, civiles, penales o disciplinarias.

El reglamento fue firmado por la Magistrada Presidenta del TSE, Eugenia María Zamora Chavarría, el Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron y la Magistrada Zetty María Bou Valverde, entrando en vigencia a partir de su publicación oficial.