El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) archivó este miércoles la solicitud de recolección de firmas para llevar a un referéndum la Ley Jaguar y la iniciativa sobre el cannabis para uso recreativo.
La “Ley Jaguar para para fortalecer la gestión pública y su fiscalización”, se descartó según consta en la resolución N.° 9068-E9-2024.
Esto tras la consulta del ente electoral al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, instancia que afirmó que la Ley Jaguar, con su propuesta de reformar el funcionamiento de la Contraloría General de la República (CGR), “no constituye una novedad” y que ya existe legislación en dicha materia.
Este proyecto por iniciativa ciudadana lo presentó el escritor Edgar Espinoza, esposo de la diputada oficialista Pilar Cisneros.
“La propuesta de Espinoza Rodríguez reitera ese aspecto de la solicitud mantenida por Alberto Cabezas Villalobos y, en ese tanto, le son aplicables las mismas consideraciones: la propuesta normativa ya existe en el ordenamiento jurídico”, indicó el TSE.
Pese a la decisión del TSE, el proyecto de la Ley Jaguar, en su tercer versión (Jaguar 3.0) aún se mantiene vivo en el Congreso. También está pendiente el pronunciamiento de la Sala sobre la consulta facultativa de dicha versión.
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Cannabis no irá a referéndum
Por su parte, la propuesta “Ley de control y regulación del cannabis para uso recreativo”, hecha por el ciudadano Erick González Camacho, se archiva luego que la Sala Constitucional encontró vicios de constitucionalidad en el texto.
La Sala IV concluyó que el expediente presenta roces con Convenciones internacionales.
Según el Tribunal, la iniciativa contraviene las siguientes normativas:
- La Convención única de 1961 sobre Estupefacientes
- La Convención de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas
- La Convención de las Nacionales Unidas (ONU) contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas
“Para el TSE esa incompatibilidad del proyecto con las citadas obligaciones internacionales provoca un vicio de constitucionalidad, pues el artículo 7 de la Constitución Política otorga “autoridad superior a las leyes” a los instrumentos internacionales que han sido aprobados por Costa Rica”, señaló el ente electoral.
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