El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó la solicitud de la medida cautelar presentada por Huawei Technologies Costa Rica, que buscaba suspender el Reglamento sobre medidas de ciberseguridad aplicables a los servicios de telecomunicaciones 5G.
Se determinó que la empresa no entregó pruebas suficientes que demostraran el daño que la normativa causaría a sus intereses. Todo esto en relación con el proceso licitatorio del Instituto Costarricense de Electricidad.
El Tribunal destacó la importancia de la ciberseguridad y la soberanía nacional, al señalar que suspenderlo pondría en riesgo la seguridad de los usuarios y la infraestructura crítica de Costa Rica.
También indicó que desprotegería a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones. Así lo comunicó el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones a través de un comunicado. Además, recalcó que el reglamento no viola tratados internacionales, sino que busca proteger la privacidad y seguridad de las redes móviles 5G, un componente clave en la digitalización del país, según se desprende de la Resolución N° 2025001488.
El Contencioso enfatizó la prioridad del interés público sobre los intereses particulares, especialmente cuando no se demuestra un daño concreto que justifique la suspensión.
A pesar de esta decisión, aún queda pendiente la resolución de una medida cautelar interpuesta por un grupo sindical, que busca retrasar la aplicación de esta normativa.
La intención de la empresa era ser tomada en cuenta en la licitación y otros proyectos de telecomunicaciones.
Se intentó conocer la posición de Huawei con respecto al fallo, pero no se tuvo respuesta al cierre de esta nota.