Trabajo suspende a 3 jefaturas

Ricardo Marín, viceministro del Área Laboral del Ministerio de Trabajo, suspendió sin goce de salarial a 5 funcionarios de la Dirección de Asuntos Laborales por aprobar 4 nuevas convenciones colectivas en que se incumplió lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (LFFP), pues permitieron el reconocimiento de más de 8 años […]

Ricardo Marín, viceministro del Área Laboral del Ministerio de Trabajo, suspendió sin goce de salarial a 5 funcionarios de la Dirección de Asuntos Laborales por aprobar 4 nuevas convenciones colectivas en que se incumplió lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (LFFP), pues permitieron el reconocimiento de más de 8 años de cesantía y el pago de pluses en porcentajes, no en un monto fijo.

De los 5 sancionados, 3 son jefaturas de apellidos Quesada Hernández, quien es la directora de Asuntos Laborales; Salazar Carvajal, director de Relaciones Laborales; y Muñoz Valverde, jefa de la Coordinación Técnica de la Dirección de Asuntos Laborales. En estos casos las suspensiones serán por 7 días.

A estas se suman dos subordinadas que tuvieron a su cargo la parte técnica del análisis, ellas son de apellidos Solano González y Vega Sánchez, quienes serán suspendidas por dos días sin pago de salario.

Marín comentó que para esto se abrieron procedimientos administrativos disciplinarios, luego de que se dieran cuenta que se habían homologado, el año pasado, 4 convenciones colectivas de municipalidades, a saber: La Unión, Pérez Zeledón, Desamparados y San Ramón.

En dichos casos se reconocieron cesantías de 20 años y anualidades del 3%, contrario a lo que dice la ley fiscal.

La LFFP señala que las cesantías aprobadas no deben superar los 8 años y las anualidades en montos fijos basados en 1,94% para los profesionales y 2,54% para los no profesionales del salario base.

 

OMISIÓN Y FALTA DE DILIGENCIA

 

Indicó que en cada uno de los casos se les dio la oportunidad de recurrir el proceso, fase cuyo plazo venció la semana pasada, por lo cual se procedió el lunes a notificarles la resolución final en sede administrativa del Ministerio, donde se aprobó aplicarles la respectiva la sanción.

Detalló que hay varios hechos probados y ejemplificó que en el caso de una de las subordinadas la sanción es por haber rendido un informe favorable de la convención colectiva que fue contraria a la ley; en otro, se tomó como consideración que hubo una afectación a la imagen del Ministerio de Trabajo.

En cuanto a las jefaturas comentó que el castigo aplicado es dependiendo de las funciones que cumplían.

“En la jefatura de Relaciones Laborales haber homologado en sí la convención colectiva fue el hecho probado y también -en estos- hubo incumplimiento a los deberes contraviniendo las normas de orden público que está establecido, en este caso en la LFFP. Son los hechos más de fondo o particulares. Hubo una omisión y una falta al deber de diligencia de probidad también”, reafirmó Marín.

Se le consultó sobre la fecha en que se darían las suspensiones sin goce de salario, pero reconoció que no contaba con el dato, pues la notificación e información se remitieron al departamento de Recursos Humanos para su trámite, ya que es la instancia que le corresponde hacer la ejecución y los cálculos en el tema de sueldos.

DIARIO EXTRA le consultó a Marín las acciones que implementará el Ministerio de Trabajo en los 4 casos de convenciones colectivas aprobadas, a lo que respondió que se procederá a entablar un proceso ante los Tribunales de Justicia.

“Dentro de las resoluciones se le solicita a la Dirección de Asuntos Laborales que nos rinda un informe de lo ocurrido, pues debemos trasladarlo a la Procuraduría para que haga el proceso de lesividad correspondiente en sede judicial y eso está establecido así en el artículo 703 del Código de Trabajo”, detalló.