¿Trabaja el próximo feriado? Conozca cómo deben pagarlo

El 15 de setiembre se conmemoran 205 años de vida independiente

Fecha de publicación:

Fecha de modificación:

Este próximo 15 de setiembre se conmemora el Día de la Independencia de Costa Rica, por lo que es reconocido como un día feriado de pago obligatorio según el artículo 148 del Código de Trabajo.

Todas las personas trabajadoras tienen derecho al disfrute del día feriado, según la normativa; por lo tanto, no se les puede obligar a laborar. Esto debe ser de común acuerdo con el patrono. Ante esto, si la persona se opone a trabajar, no se le podría realizar ninguna sanción por esta causa. Con excepción de lo establecido en los artículos 152 y 153 del Código de Trabajo. 

¿Cómo deberá ser el reconocimiento salarial si trabaja el feriado? 

  • Pago semana (en actividad no comercial): Se le pagan los días laborados, más el día feriado, más el día extra por trabajarlo, por lo que es un pago doble.
  • Pago mensual, quincenal o semanal (actividad comercial): El día ya está incluido en el pago de la quincena o del mes; el patrono solo debe agregar un salario sencillo más para completar el pago doble. 
  • En el caso de trabajar horas extra en este feriado, estas deben remunerar a tiempo y medio, es decir, pago triple. 

Costa Rica conmemora este 2026, 205 años de vida independiente. Es importante recordar que, indistintamente de si la empresa es nacional, transnacional o internacional, debe conceder este feriado.

Geovanny Díaz Jiménez, vocero Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Vídeo: Cortesía