Si los operadores o proveedores de servicios de telefonía celular o Internet quieren aplicar nuevas tarifas a sus clientes en servicios de mensajería de texto, multimedia, videollamadas e Internet móvil deben cumplir con ciertos requisitos como hacer el anuncio en diferentes medios de comunicación, por lo menos 30 días antes de la implementación.
Es decir, los ajustes tarifarios no se pueden hacer de un día para el otro, así lo acordó el 1 de agosto el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), luego de que el 31 de julio el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunciara de manera sorpresiva un alza en sus tarifas, lo que afectó a 3,8 millones de clientes.
Cabe recordar que el ICE aumentó los precios de los mensajes de texto de ¢1,70 a ¢3, los de multimedia ya no cuestan ¢1,70 sino ¢6, las videollamadas pasaron de ¢34 a ¢50 el minuto, tanto en los servicio de prepago y postpago sin planes. Para quienes tienen planes los precios se mantienen, pero si el cliente se excede, las nuevas tarifas se aplican sobre el excedente.
En Internet se cambió el modelo de cobro por el de descarga por kbyte, para lo cual se estableció como tarifa ¢0,0085 por cada kbyte transferido.
“Apercibir a todos los operadores y prestadores de servicios de telefonía móvil que para la protección de los derechos de los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley General de Telecomunicaciones y 20 y 28 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final de los Servicios de Telecomunicaciones, cualquier modificación que se pretenda implementar sobre los términos contractuales pactados con sus usuarios finales, deberá respetar el plazo de un mes calendario a partir de la comunicación realizada a estos usuarios en dos medios de comunicación masiva y en la página web de cada uno de los operadores, para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente”, establece la Sutel en el acuerdo.
En caso de incumplir con el punto antes mencionado se ordena a las empresas prestatarias de los servicios de telecomunicaciones reintegrar las sumas cobradas de más y cumplir con lo establecido en la ley.
Con esto el ICE en teoría debería cesar las tarifas nuevas, hacer la publicación del aumento y como devolver el excedente cobrado.
Según trascendió, las autoridades del ICE no suspenderán el cobro de los nuevos montos, pese a la resolución de la Sutel.
En lo que se refiere a Internet móvil, las empresas proveedoras y operadoras de servicios deberán elaborar mapas de cobertura, a fin de ponerlos a disposición de los clientes.
Para cumplir con cada una de las exigencias se les dio a las empresas de telefonía móvil, en las que se incluyen las virtuales, hasta el 5 de agosto como plazo para cumplir con las instrucciones giradas.