El Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia ratificó la sanción para un exinvestigador y actual capacitador del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de apellidos Tosso Jara, quien se sumó a la campaña electoral para el periodo 2018, para el Partido Integración Nacional (PIN).
El capacitador de agentes de la Escuela Judicial recibió una suspensión sin goce salarial del cargo durante tres meses por su vínculo con la política en la campaña que recién pasó.
Según consta en el acta 88-2020 del Consejo Superior, varias publicaciones de medios de comunicación incluían fotos en las que se apreciaba al funcionario judicial en eventos del PIN. Estas apariciones públicas se dieron en varias ocasiones, lo cual permitió la vinculación y corroboración del hecho.
Por esta acción el Tribunal de la Inspección Judicial dictó la medida administrativa en primera instancia el 29 de agosto del 2018, pero se presentó un recurso de apelación, resuelto hasta el 10 de setiembre anterior por el Consejo Superior.
El funcionario había solicitado un permiso sin goce salarial entre el 24 de noviembre del 2017 y el 28 de febrero del 2018 con el justificante de que desarrollaría actividades de carácter profesional en criminología a nivel nacional, sin descartar el ámbito internacional.
No obstante, detalla el acta del Consejo Superior, la actividad que ejerció el sujeto fue una contratación con el PIN para asesorar y coordinar aspectos logísticos en materia de seguridad para el partido como tal y para el candidato presidencial.
Luego del análisis de los alegatos del Tribunal de la Inspección Judicial y de la apelación de Tosso, los miembros del Consejo Superior fundamentaron la sanción administrativa en el artículo 9, incisos 5 y 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Esta norma prohíbe la participación en procesos políticos electorales de todas las personas servidoras judiciales, exceptuando la emisión del voto.
También expresa la prohibición de participar activamente en reuniones, manifestaciones y otros actos de carácter político electoral o partidario.
Tosso Jara insistió en su apelación que no se probó su participación y que los testigos del proceso señalaron que su labor estuvo limitada a una asesoría en el ámbito de la criminología y seguridad.
La Inspección Judicial y el Consejo Superior coincidieron en que la falta cometida era gravísima basados en conclusiones como que “ha incumplido con sus deberes como servidor judicial, primeramente faltó a la verdad al no haberle indicado a su patrono expresamente para qué era el permiso que iba a solicitar, lo anterior se afirma porque en la solicitud que el investigado formula directamente a su jefatura, indica que se dedicará a realizar trabajos en criminología”.
Los integrantes del Consejo Superior indicaron que también se dio una afectación a la imagen del Poder Judicial por las fotografías que se publicaron en las redes sociales en las que se apreciaba a Tosso Jara con el PIN.