CONSULTA: Estimado Licenciado, espero se encuentre bien y muchas gracias de antemano por responder a mi consulta. Lo vi anunciado en DIARIO EXTRA Y me pareció oportuno preguntarle. Primero que todo, ¿qué significa en un documento de embargo de salario emitido ya por un juez de cobro “suma embargable… un monto x”, y luego entre paréntesis “suma que incluye el 50% de Ley)”?
El documento de embargo me lo enviaron de mi trabajo hoy, viene fechado en 28 de agosto de 2019.
La fecha de recibido por Recursos Humanos es 9 de setiembre de 2020.
¿Cuánto es el monto máximo que me pueden rebajar mensualmente? Tengo entendido que la Ley la habían reformado, ¿es así?
Muchas gracias por su grandiosa labor informando con la verdad a todos los que no tenemos quién nos defienda.
RESPUESTA: El 50% de ley que reza en las órdenes de embargo judiciales, es una previsión para que sirva de fondo de pago para afrontar intereses, gastos y honorarios de abogado.
Ahora se estila decir “colchón”, pero que deberá liquidarse y ser aprobado por el juzgado, con esos extremos que tendrá que liquidar el acreedor.
Pero ya que le llegó la nota para embargo, su situación es privilegiada, porque en ese documento viene el número de expediente, primero el año, luego los datos del juzgado, que hacen el número de expediente, con las letras finales CJ.
Con ese número contacte a un abogado amiguísimo o pariente, para que le saque copia del expediente. Así serán dos personas en el tinglado, en el expediente, y usted podrá oponer defensas de pago parcial, con papeles en mano, o puede que la obligación esté muerta, por prescripción de 4 años, después del último abono. También puede estar caduca, si ha estado sin movimiento por 6 meses -en este caso lo dudo-, y prescripción de los intereses que superen un año.
La orden de embargo no sustituye a la notificación judicial, la que se debe hacer de aquí en adelante. Por lo tanto, aproveche esa ventaja para informarse, porque oficialmente usted no tiene conocimiento del proceso.
El máximo de embargo es un 25% en los salarios más altos, y de ahí, el porcentaje baja. Si existe pensión deducida, eso cuenta para el 25%. Actúe con celeridad.