Normativa permite aplicación de créditos fiscales
El cobro del impuesto sobre la renta que realiza el Ministerio de Hacienda es un poco menos costoso para las personas casadas y con hijos, debido a la aplicación de créditos fiscales.
Según lo establece el artículo 15 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, por cada hijo el crédito fiscal en la cancelación anual de impuestos que deben hacer las personas físicas con actividad lucrativa (comerciantes, profesionales independientes, estilistas, entre otros) para el 15 de marzo es de ¢20.760.
Tal y como lo explica la asesora financiera Silvia Castro, se trata de un crédito y no de una exoneración, ya que “se le rebaja directamente al impuesto que usted tiene que pagar a la Administración Tributaria”.
Por el cónyuge el crédito fiscal es de ¢31.440 por año, lo que significa que, por ejemplo, a una persona que posee una discomóvil, está casada y tiene dos hijos se le reducen ¢72.960 del pago de renta 2024.
Lo anterior siempre y cuando se tengan utilidades anuales netas superiores a ¢4.127.000, en cuyo caso se cobrará el 10% sobre el excedente, hasta ¢6.164.000. Sin embargo, si las utilidades netas son inferiores a ese monto, se queda exento.
Como dice Castro, se entiende por utilidades netas los ingresos que percibidos durante el año, a los cuales se le restan los gastos asociados a la actividad, en el caso de la discomóvil, derechos de uso de la música, licencias de software, gasolina, etc.
Los asalariados que ganen menos de ¢929.000 están totalmente eximidos del pago de esa carga impositiva.