Con la promulgación de la Ley No. 9635, los servicios médicos privados fueron tasados de forma especial con un 4% (artículo 1. artículo 11, numeral 1, inciso b.), señalando que los centros de salud privados y los profesionales deben estar autorizados, y en el caso de los profesionales, estar incorporados al colegio profesional respectivo.
Dentro de los servicios de la salud humana gravados, podemos encontrar: servicios generales o especializaciones en la promoción de la salud, prevención, atención, recuperación, rehabilitación de la enfermedad en establecimientos o unidades móviles, ambulatoria o con hospitalización, cirugía estética, toma de presión sanguínea, toma de la temperatura, inyectables, toma de pesaje, toma de medida corporal, fisioterapia, nutricionistas y servicios de laboratorio. Además, los certificados médicos, certificado de defunción y los certificados para licencias de conducir también gozan de esta tarifa especial.
Si el paciente cancela en efectivo, en consecuencia, el profesional de la salud deberá emitir la factura electrónica correspondiente y cobrar el 4% del IVA. sobre el servicio y entregarlo a la Administración Tributaria en los primeros 15 días del mes siguiente, lo anterior mediante el formulario D-104-2 a través del ATV.
Si por el contrario el pago se efectúa por medio de tarjeta de crédito, débito o cualquier otro medio electrónico que autorice la Administración Tributaria; el reglamento estableció, en su artículo 39, el mecanismo que se debe aplicar. Es muy importante que el profesional en salud haga la factura electrónica a su cliente y cobrar el IVA. Sin embargo, por tratarse de un pago con una tarjeta de débito, crédito o cualquier otro medio electrónico de pago que, mediante resolución general, autorice la Administración Tributaria, el contribuyente que preste el servicio deberá reembolsar el impuesto cobrado al consumidor final.
Para estos efectos, el contribuyente utilizará el campo asignado dentro de la estructura del comprobante electrónico para registrar el reembolso del impuesto. En estos casos, el contribuyente deberá registrar el débito de la transacción realizada y aplicarlo como pago a cuenta del impuesto reembolsado al consumidor final en la declaración autoliquidativa correspondiente en los primeros 15 días del mes siguiente.
Finalmente es importante acotar, que luego de la sentencia 009-202-VII del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, la normativa antes indicada también aplica a los Profesionales de Salud Veterinaria debidamente inscritos en el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica. Dicha sentencia, que se basó en la Ley General de Salud en su artículo 40, respalda que se considera como profesional de la salud a los especialistas que tengan como mínimo grado de licenciatura en: Farmacia, Medicina, Microbiología, Química Clínica, Odontología, Veterinaria, Enfermería, Nutrición y Psicología Clínica.
*Contador Público Autorizado Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica