La mayoría de las personas reconoce de manera general lo que involucra el trabajo de quien se dedica a la función notarial, siendo que se le identifica popularmente como un abogado o abogada que tiene como principal labor redactar escrituras de toda índole y según las necesidades de los usuarios. Sin embargo, no siempre se tiene consciencia plena de las obligaciones y responsabilidades que recaen sobre quien ejerce esta función delegada por el Estado, respecto de las cuales toda persona que acude a solicitar servicios tiene amplio derecho de obtener una completa y correcta asesoría jurídica de fondo con relación al acto o contrato solicitado, así como derecho de percibir resultados acorde con las expectativas, que en la mayoría de los casos se resume en la necesidad y prioridad de inscripciones registrales a tiempo y correctas.
Las alternativas o parámetros de las personas usuarias para valorar si el servicio notarial que se les brinda cumple con todas sus expectativas y además tener claridad de que tanto el documento como el trámite realizado están conforme al ordenamiento jurídico, están accesibles a través de las plataformas web de las instituciones como Dirección Nacional de Notariado o Registro Nacional, donde se puede consultar tanto el estado de habilitación para el ejercicio del notariado en el caso de la primera y el estado del trámite de inscripción de los documentos para el caso del Registro. Así mismo, existen instancias de denuncia contra los profesionales cuando incurren en alguna conducta reprochable por el incorrecto ejercicio de la función notarial, siendo que algunas denuncias se plantean ante la Dirección Nacional de Notariado y otras ante el Juzgado Disciplinario Notarial, este último con sede en el Poder Judicial y donde según el tipo de denuncia podría o no requerirse de la intervención de un abogado que represente al afectado.
Es indispensable que las instituciones divulguen de manera más clara y explícita la existencia de los mecanismos de revisión y seguimiento del estado de las personas notarias, así como de los trámites a su cargo; estos profesionales brindan un servicio de gran relevancia para los intereses de usuarios, propietarios y en general de la población que acude a las notarías públicas en todo el país esperando soluciones efectivas y claras en un tiempo razonable y proporcionalmente acorde al tipo de trabajo realizado.
Como usuarios siempre estará abierta la posibilidad de acudir a profesionales en Derecho que en su carácter de abogados les defiendan y revisen las actuaciones de quienes ejercen la función notarial y con ello hacer valer sus derechos ante las instancias ya mencionadas por motivo de trabajos incorrectamente realizados y ante la ausencia de respuesta del notario responsable. Así mismo, tienen los usuarios la posibilidad de presentarse ante otro notario público que con experiencia brinde ayuda profesional para enderezar las inscripciones mal tramitadas por otros colegas.
Finalmente, el servicio notarial proviene de una facultad que el Estado otorga a profesionales aptos y calificados para ejercer la función, al igual que debe reivindicarse el derecho de las personas usuarias de recibir un servicio de excelente calidad, también debe hacerse lo propio respecto del derecho que tienen los profesionales en percibir la remuneración por honorarios que el ordenamiento jurídico y las normas reglamentarias establecen; en una próxima entrega comentaremos este tema que representa sin duda un reto pendiente de consolidar para proteger la dignidad del notariado costarricense y para que los usuarios elijan al profesional que les atenderá con criterios de excelencia y calidad, no necesariamente de precio.
*Experto en materia notarial y registral, profesor universitario