Un voto de la Sala Constitucional puso fin a la única fuente de ingreso para cientos de familias costeras, quienes de ahora en adelante no podrán pescar utilizando redes de arrastre, mecanismo para extraer el camarón del fondo del mar.
En la sentencia 2013-10540 los magistrados declararon con lugar una acción presentada contra varios artículos de la Ley de Pesca y Acuicultura, con lo cual se elimina la posibilidad del arte de la pesca de camarón de arrastre.
Este alto tribunal dio por demostrado que este tipo de técnica de pesca provoca serios daños al ambiente marino, ya que en el proceso de extracción del camarón también se daña gran cantidad de fauna marina que es capturada junto con esta especie y no es utilizada, lo que a criterio de los magistrados tiene efectos negativos en la vida del fondo marino.
Luis Dobles, presidente ejecutivo de Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), dijo desconocer acerca de este pronunciamiento de la Sala IV, no obstante sí le preocupan sus repercusiones, pues comentó que en la actualidad no existen otras formas de pesca alternativa para estas especies. De manera que la prohibición terminaría con la pesca y comercialización de camarón en el país.
CONSECUENCIAS LEGALES
Actualmente existen cerca de 35 embarcaciones que realizan este tipo de actividad, pero de ella viven cientos de familias costeras de manera directa y un número similar de forma indirecta.
De manera que esta situación podría incidir negativamente en la economía de muchos hogares de pescadores, quienes tendrán que buscar un nuevo oficio.
A partir de esta resolución, Incopesca no podrá otorgar ningún permiso, autorización o licencia nuevos, así como renovar los vencidos o inactivos.
En el caso de aquellas licencias vigentes podrán mantener la actividad que realizan siempre que se adopten, si fuera científicamente posible, aquellas tecnologías lo más amigables con el ambiente, bajo la supervisión de Incopesca, pero una vez expirado el plazo no se les podrá prorrogar.
La Sala dejó abierta la posibilidad de reactivar esta actividad, siempre que se haga una reforma legal que obligue a la utilización de dispositivos para la disminución de la captura incidental, para lo cual se deberá demostrar científica y tecnológicamente su efectividad.
Dobles agregó que en cuanto tengan la resolución completa y luego de algunas consultas jurídicas podrían ampliar su opinión respecto a la posible afectación del fallo.