El plazo para presentar la Declaración Informativa D-195 se vence el próximo martes 30 de abril. Quienes no lo hagan podrían sufrir sanciones de hasta ¢1380 000.
Se cataloga sociedad inactiva cuando una empresa no lleva a cabo ninguna actividad comercial o empresarial, es decir que no está haciendo facturas, no está generando ingresos y no tiene empleados.
“Estas sociedades siempre tienen obligaciones legales y fiscales, por ejemplo, hay que haber indicado en el ATV de Hacienda, que es una sociedad inactiva, deben pagar todos los años el impuesto a las personas jurídicas, deben pagar el timbre de educación y cultura, pero más aún importante deben presentar la declaración informativa de “Personas Jurídicas Inactivas” la D195 este 30 de abril y debe llenar la declaración sobre el “Registro de Transparencia” aseguró Álvaro Retana, gerente general de GTI.
Lo que debe declarar:
- La razón por la cual está inactiva.
- Indicar si posee bienes muebles o inmuebles o alguna marca o patente
- Si posee bienes no inscribibles (por ejemplo, un depósito en una cuenta, o cuentas por cobrar)
- Si posee bienes en el exterior
- Si posee deudas
- Y quien es la persona que asume los gastos de la sociedad
Obligaciones de las sociedades inactivas
Haber indicado en el ATV de Hacienda que es una sociedad inactiva | |
El pago del impuesto a las personas jurídicas de ¢69.330,00 | 31 de enero |
Pago del timbre de Educación y Cultura | 31 de marzo |
Declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas D-195 | 30 de abril |
Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales | Junio 2024 |
Si tiene bienes, debe pagar los impuestos municipales o los de rodamiento. | Todos los años |