La Asamblea Legislativa aprobó, en segundo y último debate, un proyecto de ley que sanciona la violencia contra las mujeres a través de hijos o familiares.
Esto con el voto afirmativo de 41 legisladores.
Se trata del expediente 24.114 “Ley contra la Violencia Vicaria”, que establece el concepto de violencia vicaria en el ordenamiento jurídico costarricense y sus penas respectivas.
Se incurre en este delito, conocido como violencia vicaria, cuando el objetivo del agresor es causar daño emocional, psicológico o patrimonial a la mujer.
La violencia vicaria es un tipo de violencia en la que el agresor utiliza a los hijos, familiares e, incluso, a las mascotas como instrumentos para dañar a la madre o expareja.
El expediente lo presentó el diputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Gilberto Campos.
“Esta es una ley de seguridad, esta es una ley de la agenda de Seguridad que esta Asamblea Legislativa se ha venido a manejar y presentar”, afirmó la diputada del PLN, Montserrat Ruíz.
Montserrat Ruiz, diputada del PLN. Foto: Asamblea Legislativa.“Como no existe el concepto (violencia vicaria) como delito, pues no se llevan registros (…) La violencia vicaria no distingue el área rural de la urbana”, sumó el diputado del PLP, Eli Feinzaig.
Eli Feinzaig, diputado del PLP. Foto: Asamblea Legislativa.“Esto debe ser penado y castigado”, sumó el diputado liberal.
Penas de cárcel
La recién aprobada ley establece una pena de hasta 15 años a quien maltrate física o psicológicamente a un pariente de la víctima.
Además, modifica la Ley de Violencia Contra las Mujeres, para fijar penas de entre 20 y 30 años de prisión en casos de femicidio.
La ley incluye que, cuando se incurra en violencia doméstica o vicaria, se le decomisarán todas las armas bajo posesión de la persona agresora.
Ahora el proyecto pasará al Ejecutivo para su firma y posterior publicación como Ley de la República.