El salario base para la imposición de penas y multas crecerá ¢12.000 a partir del 1º de enero.
Para el próximo 2021, el indicador para multar pasará de ¢450.200 a ¢462.000, según fijó el Consejo Superior del Poder Judicial.
El monto utilizado para fijar el salario base ronda con base en el sueldo mensual recibido por un “oficinista 1”.
La acción surgió como parte de la sesión Nº 119-20 del 15 de diciembre anterior.
El indicador funge como un estándar para el establecimiento de las penas estipuladas en el Código Penal, en el Código de Trabajo y en las leyes de Aranceles, del Impuesto a las Personas Jurídicas y de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Es común escuchar cuando se multa a una empresa que la multa va de 2 a 10 salarios bases, ese es el parámetro por utilizar. Para 2021, el rango de la multa iría de ¢924.000 hasta ¢4,6 millones.
El Código de Trabajo lo usa para aquellos patronos que incumplieron con las obligaciones salariales esenciales como el pago del aguinaldo, y cuyas multas rondan entre los 1 a 23 salarios base, es decir, de ¢462.000 hasta ¢10,6 millones.
En tanto en la Ley de Pensiones Alimentarias se estipula que la persona que deba cumplir con esta acción y no está asalariado tendrá que experimentar anualmente un incremento igual a la variación del salario base.
A manera de ejemplo, si la persona desembolsa ¢100.000, el incremento automático para el próximo rondaría los ¢2.670.
Mientras tanto, en el Código Penal se establece que el monto vigente para 2021 que debería cancelar una persona rondaría los ¢2,3 millones, que corresponde a que el valor sustraído no exceda en cinco veces el salario base.