Sala IV protege libertad de docentes ante circular del MEP de expresión política

Magistrados anularon varias reglas que podían restringir la enseñanza

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La Sala Constitucional anuló siete disposiciones de una circular del Ministerio de Educación Pública (MEP) sobre el manejo de temas políticos e ideológicos en los centros educativos. Los magistrados consideraron que algunas reglas podían limitar la libertad de enseñanza y expresión de los docentes.

La resolución corresponde al expediente 26-024735-0007-CO, declarado parcialmente con lugar mediante la sentencia 2026-039030 el 8 de octubre de 2026. La sentencia completa todavía está pendiente de redacción.

El reclamo cuestionó el uso de términos como “captación ideológica” y “posición sectaria”, pues podían prestarse a distintas interpretaciones y limitar el análisis de temas políticos, históricos y sociales en las clases.

Sin embargo, la Sala aclaró que el MEP puede mantener medidas contra la propaganda política, el proselitismo, la coacción y el uso de recursos públicos para favorecer partidos políticos.

MEP explica motivos En respuesta a este medio, el MEP explicó que la Escuela Las Vueltas fue incorporada inicialmente a Proeri cuando tenía una matrícula superior a 15 estudiantes. Sin embargo, durante el proceso de gestión, la cantidad de alumnos disminuyó a aproximadamente seis, según el MEP. “Ante este cambio de condiciones, se realizó una revaloración conjunta con las instancias correspondientes y se conversó con las familias sobre la posibilidad de trasladar a los estudiantes a la Escuela de Pocares, ubicada a 3,8 kilómetros (...)”, indicaron por medio del departamento de prensa. Según el Ministerio, el traslado se planteó mediante un servicio de transporte estudiantil. Además, los menores recibirían alimentación en el otro centro educativo. La institución aseguró que las familias estuvieron de acuerdo con esa alternativa. No obstante, la versión contrasta con las inquietudes expresadas por vecinos de Las Vueltas. ● MEP plantea trasladar a los menores a otra escuela.
Foto: Sergio Espinoza

¿Qué reglas anuló la Sala IV?

La Sala IV anuló siete disposiciones de la circular del MEP:

  1. Uso de espacios educativos: prohibición de utilizar clases, tareas, actos cívicos y plataformas digitales para favorecer o desacreditar partidos, candidaturas o posiciones políticas.
  2. Posiciones sectarias: eliminó el término “o sectaria” de otra disposición de la circular.
  3. Contenidos y evaluaciones: anuló la regla sobre contenidos, ejemplos y preguntas dirigidos a confirmar una conclusión política predeterminada por el docente.
  4. Autoridad e ideología: eliminó la prohibición de utilizar el cargo o la influencia institucional para favorecer o perjudicar posiciones ideológicas.
  5. Captación y adoctrinamiento: eliminó estos conceptos como motivos independientes para restringir el ingreso o permanencia de personas externas.
  6. Fuentes y perspectivas: anuló la instrucción de presentar materiales de manera plural, equilibrada y contextualizada.
  7. Controles y reportes: dejó sin efecto el párrafo que regulaba la prevención, documentación y remisión general de posibles incumplimientos.

MEP deberá comunicar los alcances del fallo

La resolución ordena al ministro de Educación, Leonardo Sánchez; a la viceministra Académica, María Alexandra Ulate Espinoza; y a la viceministra Administrativa, Sofía Ramírez González, o a quienes ocupen esos cargos, abstenerse de aplicar las disposiciones anuladas.

El fallo aclara que esta decisión no impide investigar posibles casos de propaganda político-electoral, proselitismo, coacción o uso partidario de recursos públicos, siempre que las actuaciones se fundamenten en la Constitución, las leyes y los reglamentos vigentes.