Sala IV ordena a CCSS dar medicamentos a paciente con cáncer

La Sala Constitucional le ordenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) darle forma inmediata los medicamentos Bortezomib y Daratumumab a un paciente de 63 años que padece mieloma múltiple no secretor desde hace 14 años y para febrero Farmacoterapia decidió no autorizar su entrega al amparado. El mieloma es cuando células plasmáticas anormales […]

La Sala Constitucional le ordenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) darle forma inmediata los medicamentos Bortezomib y Daratumumab a un paciente de 63 años que padece mieloma múltiple no secretor desde hace 14 años y para febrero Farmacoterapia decidió no autorizar su entrega al amparado.

El mieloma es cuando células plasmáticas anormales se acumulan en la médula ósea, creando tumores en los huesos de la persona que lo padece, en tanto, el mieloma múltiple no secretor es una excepción de mieloma que se presenta en el 1% de los casos de los pacientes que tienen esta condición. 

“Pero mediante nota No. GM-CCF0572-2023 en sesión 9 de febrero de 2023, Farmacoterapia se separó del criterio médico y no avaló el medicamento, siendo este el que solicita su médico tratante. Reclama que la falta de medicamento para el amparado puede exponer a su representado a situaciones de riesgo que atenten contra su salud y su vida”, se lee en la sentencia. 

De acuerdo con el texto del recurso, cuando lo diagnosticaron presentaba dolores en la espalda, al punto que a veces no se podía levantar, razón por la que dejó de trabajar. Posteriormente recibió tratamiento de quimioterapia, con el que mejoró y mantuvo un buen estado de salud, sin embargo, la enfermedad se le reactivó. 

“Desde hace unos meses, la enfermedad se ha reactivado. Su médico tratante solicita la combinación de medicamentos Bortezomib-Daratumumab, la cual es la mejor opción que tiene el paciente”, detalló el recurrente en el amparo. 

Debido a lo anterior, los magistrados de la Sala IV fallaron a favor del recurrente y le ordenaron a la CCSS que de inmediato le suministre al hombre los medicamentos y dosis que requiere, de acuerdo con el criterio médico del especialista a cargo de su caso.

“Por tanto: Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Randal Álvarez Juárez y a Julio Calderón Serrano, en sus calidades respectivas de Gerente Médico y Coordinador en Recargo del Comité Central de Farmacoterapia, ambos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), o a quienes en sus lugares ocupen esos cargos, que ejecuten todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias y coordinen lo necesario para que de inmediato, se le suministre al amparado el tratamiento prescrito por su médico tratante, a saber: ‘Bortezomib’ y ‘Daratumumab’, en la dosis, bajo las condiciones, y por el plazo definidos por este, bajo su entera responsabilidad y supervisión, siempre que una variación de las circunstancias médicas del paciente no requiera otro tipo de atención”, ordena la resolución.