La Sala Constitucional falló a favor de siete recursos de amparo presentados en contra del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) por el faltante de agua durante los primeros meses de este año en diversos sectores de San José.
Los afectados alegaron que la entidad suspendía el servicio sin previo aviso y durante largos periodos, incluso por más de 24 horas, lo que impedía su acceso al derecho humano de “disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico”.
De acuerdo con el análisis realizado por la Sala IV, existe un problema estructural por parte del AyA en la prestación del servicio “en perjuicio de los habitantes de las comunidades de Alajuelita, Desamparados, San José centro, Coronado y Hatillo”.
Por tal motivo, el alto tribunal ordenó a la institución que de manera inmediata garantice el suministro de agua potable diario y suficiente para suplir las necesidades básicas de la población cuando la interrupción del servicio se dé por periodos superiores a seis horas.
Asimismo, le encomendó que en el plazo máximo de 18 meses implemente las medidas necesarias para que el abastecimiento se preste “de forma eficiente, eficaz y continua”.
De igual forma, el fallo de la Sala giró la orden a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) para que de forma inmediata vele por el cumplimiento de las normas de calidad, cantidad, confiabilidad, continuidad, oportunidad y prestación óptima del servicio. Lo anterior por medio de inspecciones técnicas a las plantas y los equipos del Instituto.
AYA RESPONDE
Ante esto, el AyA respondió que el problema es la falta de infraestructura debido “a las malas decisiones que tomaron y dejaron de tomar administraciones anteriores”. Para solucionarlo en mayo la institución presentó un plan de aceleración de inversión, que implica la gestión de 51 proyectos y más de $550 millones.
POSICIÓN DE LA ARESEP
Por su parte, la Autoridad Reguladora manifestó que cumplirá de forma inmediata las disposiciones de la Sala y ejecutará todas las acciones propias de su ámbito de competencia.