La Sala Constitucional condenó al Concejo Municipal de Paraíso por manejar en secreto las actas de comisiones y las sesiones de la organización local.
Lo dispuesto se encuentra en la resolución N.º 28653-2022 del 2 de diciembre de 2022, tras analizar el expediente 22-019839-0007-CO.
El recurrente interpuso un recurso de amparo al considerar que el Concejo Municipal de Paraíso celebra sesiones de comisiones en privado y que no publica las actas respectivas.
Alegó que el órgano municipal no mantiene actualizadas las actas de sesiones ni tampoco publica el orden del día, por lo que el recurrente afirmó en el recurso de amparo que eso se prestaría para sospechas de corrupción.
“Las sesiones absolutas son transmitidas en vivo a través de Facebook y con la aplicación de videoconferencia Zoom. No obstante, las sesiones de comisión no son transmitidas, únicamente, se ‘conectan virtualmente’, los regidores y síndicos de forma privada y en total secretismo”.
El recurso cita cuestionamientos sobre el tema en la sesión municipal 188, del 30 de agosto de 2022, en la cual la regidora Yury Acosta dijo que “no estaban asistiendo a las comisiones” y su compañera Hellen Vega le recriminó que no afectara su imagen porque ella sí se compromete con las comisiones.
Otras interrogantes surgidas fueron sobre los problemas de acceso al acta escrita de la sesión, porque no hay publicaciones y que, al ingresar a la página web, se percató de una actualización cada dos meses.
Eso sí, con respecto a las actas de las comisiones, no hay publicaciones sobre nada.
RESPUESTA MUNICIPAL
Julio Sánchez, presidente del Concejo Municipal de Paraíso, informó a los magistrados que las sesiones ordinarias y extraordinarias son transmitidas en vivo.
Sánchez señaló que en la sesión ordinaria 189, del 6 de setiembre, se aprobó el dictamen de comisión 29-2022 de la Comisión de Gobierno y Administración para que se coordine con el área de salud para que en el salón de sesiones volviera a darse reuniones presenciales.
Dijo que las reuniones de comisión son públicas y que cualquier ciudadano puede pedir su participación en calidad de asesor y que no se transmiten porque no está estipulado en el Código Municipal ni en el reglamento de sesiones y comisiones.
El representante municipal agregó que, cuando las reuniones de comisión son presenciales, se realizan en la sala de comisiones adjunta al salón de sesiones, a puerta abierta.
“Cuando estas reuniones de comisión se realizan virtuales, son convocadas de la misma forma y el enlace de la plataforma Zoom lo pueden pedir los munícipes en la secretaría del Concejo Municipal horas antes del inicio, de hecho, señores magistrados, aunque es poca la participación de la ciudadanía en las sesiones municipales y reuniones de comisión, a menos de que exista un tema comunal efervescente, en este periodo de pandemia y de reuniones de comisiones virtuales atendimos personas que solo querían ver y escuchar y también personas que planteaban diferentes proyectos y participaron de lleno en comisiones”, indicó.
SALA RESUELVE
El recurso de amparo fue redactado por el magistrado Paul Rueda Leal, quien recordó que las actas de los Concejos Municipales deben publicarse en el sitio web del municipio con una periodicidad razonable.
Señaló que lo recomendable es que se incorporen al sitio electrónico 8 días después de adquirir firmeza.
En el caso en concreto, el recurso de amparo se interpuso el 5 de setiembre y, en ese momento, la última acta se aprobó el 19 de julio y no se subió a la web hasta el 3 de agosto.
En tanto que el acta 199-2022 del 18 de octubre de 2022 no se incorporó hasta el 11 de noviembre, por lo cual constataron la omisión denunciada por el recurrente debido a que no se evidencia una periodicidad clara y razonable.
“No se verifica que los acuerdos adoptados por las comisiones sean actualmente publicados de manera periódica ni de forma independiente al acta que posteriormente es confeccionada por el Concejo Municipal”, indica el recurso.
Los magistrados declararon con lugar el recurso y ordenaron a Julio Sánchez, presidente del Concejo Municipal de Paraíso que en un mes se coordinen y tomen las medidas necesarias para que los órdenes del día se publiquen de forma inmediata.
También se les dio el plazo de un mes para coordinar las medidas para que las actas de las sesiones del Concejo Municipal se publiquen en el sitio digital designado en el plazo máximo de ocho días tras adquirir firmeza.
En tres meses se deberá garantizar la transparencia y el acceso a las sesiones de las comisiones del Concejo Municipal de Paraíso por medio de la transmisión en vivo o medios virtuales.