Ante la situación sanitaria y económica que representa la pandemia del Covid-19, las personas adultas mayores no son solo uno de los grupos de mayor riesgo, sino que en el caso particular de aquellos que cuentan con una pensión se han convertido en un importante recurso de apoyo económico para muchas familias cuyos miembros han perdido su empleo o han tenido disminución significativa en sus ingresos.
Desde hace más de un año, un grupo de señores y señoras congresistas plantearon en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley 21309 para que los jubilados pudieran contar con la posibilidad del retiro total de los ahorros acumulados en el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).
En la coyuntura actual este proyecto no solo haría justicia devolviendo a muchos jubilados los recursos que han ahorrado y que son necesarios para cancelar hipotecas o préstamos, reparar viviendas, mejorar calidad de vida de personas enfermas y apuntalar emprendimientos, entre otros, sino que inyectaría recursos a las familias en medio de esta severa crisis, disponiendo de una mayor liquidez para cubrir necesidades básicas y contribuiría con la necesaria reactivación económica.
De acuerdo con el Informe Estado de la Nación, 433.000 hogares tienen un adulto mayor y 361.000 adultos mayores tienen jefatura del hogar.
Está claro que el dinero acumulado por el trabajador en sus cuentas individuales de los fondos de pensiones complementarias es propiedad privada y la primera injusticia es no poder disponer de lo propio.
Lo anterior se refuerza haciendo mención al considerando noveno de la exposición de motivos del Reglamento de Beneficios del Régimen de Capitalización Individual, acta de la sesión No.842-2010 del Conassif de 26 de marzo de 2010, en donde el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero de forma contundente indica: “a diferencia de los regímenes con cargo a los presupuestos públicos y los de capitalización colectiva, los aportes y los rendimientos acumulados en las cuentas de los regímenes de capitalización individual son propiedad de los afiliados”.
Agrega que “no debe perderse de vista que los recursos son generados durante la vida laboral del trabajador. No se trata de una regalía o de una concesión del patrono -en lo que respecta al porcentaje con el cual aquel contribuye- sino de un verdadero derecho que forma parte del patrimonio del trabajador, pudiendo gozar de él, una vez cumplidos los requisitos para optar por la pensión del régimen básico”.
Si bien la obligación de contratar algunas de las modalidades prestacionales establecidas por la ley aplicable coadyuva a lograr el fin de la norma, como es mejorar la calidad de vida del trabajador garantizándole un ingreso adicional a su pensión por el régimen básico, con lo que se cumple el subprincipio de idoneidad, “lo cierto es que resulta innecesaria, pues para lograr la consecución de dicho fin, no resultaba imprescindible privar al trabajador de disponer de sus recursos conforme a su voluntad” (voto salvado de magistrados de Sala IV), concluyendo que el legislador dentro de otras posibilidades eligió la más invasiva de la esfera jurídica y por lo tanto se vulnera el derecho a la propiedad y el principio de proporcionalidad.
En la actualidad 104.000 jubilados han retirado los recursos del ROP en su totalidad, pero lo injusto del sistema es que, de acuerdo con el método de cálculo, que define quién puede o no retirar el total de lo ahorrado, la gente con pensiones de ¢4 millones a ¢5 millones se la llevan toda en un solo tracto y en el otro extremo los que tienen un ahorro muy pequeño, cuya administración no interesa a las operadoras.
En cifras esto representa que a 1.392 jubilados de lujo, cuyo ROP es elevado, y 102.608 con ROP, cuyos ahorros son pequeños, se les entregó el total de lo ahorrado. Entre estos grupos extremos, 6.850 jubilados no pudieron retirar sus ahorros, ya que de acuerdo con la injusta fórmula que se aplica quedan fuera de esta posibilidad. El proyecto de ley 21309 presentado en la Asamblea Legislativa viene a subsanar esta odiosa desigualdad.
El fondo acumulado del ROP es en la actualidad de ¢8,2 billones (¢8.200.000.000 millones). Si se entrega el ROP a todos los jubilados hasta el 2023, como lo plantea el proyecto de ley, esto representaría ¢140.000.000 millones, quedando el fondo en ¢8.060.000.000 millones, si no hubiera más ingresos. Sin embargo el fondo seguirá captando recursos y el monto continuará creciendo.
Adicionalmente y dentro del marco de injusticas, un total de 33.600 jubilados han fallecido sin poder disfrutar de sus ahorros.
Dentro de la complejidad social que representa la pandemia del Covid-19, aprobar el proyecto de ley 21309 que permitiría contar con la alternativa de retirar los recursos ahorrados en el ROP hasta el año 2023 sin duda representa una opción real de hacer justicia, apoyar y proteger a un grupo significativo de adultos mayores y sus familias.