Responsabilidades por choque

Tuve un choque contra un bus a inicios de enero. Yo estaba haciendo el alto para salir a la calle principal de San Pedro de Montes de Oca y aunque tenía mi carro un poquito salido, no me brinqué el alto para nada porque vi al autobús estacionado bajando gente en una parada que supuestamente es solo para los colectivos de Cartago. El asunto es que el bus pasó y me rozó el parachoques (algo mínimo, imagínese que hizo como un taco la placa y apenas toco el parachoques). Esto lo hizo con el pedazo de puerta abierta que se sale de las dimensiones (si me hubiera dado con el automotor en sí, el golpe a mi vehículo sería otro). Obviamente el chofer paró porque se le quebró una sección de la puerta de vidrio, si no hubiera seguido. Ahora él quiere que yo pague el vidrio pero me parece injusto ya que, si bien reconozco que debía tener el carro un centímetro más adentro, esa es una salida peligrosa (que no está demarcada en la calle), el conductor incumplió con no traer la puerta cerrada. Quería conocer su opinión, ya que estoy a la espera del juicio.

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CONSULTA: Tuve un choque contra un bus a inicios de enero. Yo estaba haciendo el alto para salir a la calle principal de San Pedro de Montes de Oca y aunque tenía mi carro un poquito salido, no me brinqué el alto para nada porque vi al autobús estacionado bajando gente en una parada que supuestamente es solo para los colectivos de Cartago. El asunto es que el bus pasó y me rozó el parachoques (algo mínimo, imagínese que hizo como un taco la placa y apenas toco el parachoques). Esto lo hizo con el pedazo de puerta abierta que se sale de las dimensiones (si me hubiera dado con el automotor en sí, el golpe a mi vehículo sería otro). Obviamente el chofer paró porque se le quebró una sección de la puerta de vidrio, si no hubiera seguido. Ahora él quiere que yo pague el vidrio pero me parece injusto ya que, si bien reconozco que debía tener el carro un centímetro más adentro, esa es una salida peligrosa (que no está demarcada en la calle), el conductor incumplió con no traer la puerta cerrada. Quería conocer su opinión, ya que estoy a la espera del juicio. 

 

RESPUESTA: Las consecuencias gravosas por una colisión de vehículos, pueden haberse generado días o semanas atrás, o en centésimas de segundo antes de ver el resultado. Si horas atrás, un conductor se tomó media botella de guaro, las consecuencias serán en un futuro inmediato, cuando el alcohol se la haya subido a la “sala de máquinas”, el cerebro. O cuando el conductor se percató, semanas antes, de que las llantas estaban lisas, o el freno andaba mal.

 

En este caso, hay dos vehículos, uno detenido, y otro en movimiento. Salvo casos especiales de imprudencia, como estacionar en una curva, el conductor del vehículo inmóvil nunca debería tener culpa alguna. Pero el que se mueve, debe hacerlo con precaución. Las puertas de las buses, deben mantenerse cerradas durante el trayecto, para seguridad del pasajero, y de los otros vehículos que su lado circulen o se encuentren, porque cada hoja de puerta extiende la carrocería del bus, por lo menos medio metro.

 

Al lugar debió llegar una autoridad de tránsito, que debió levantar un croquis, y establecer en el parte los daños de cada estructura. De igual manera, el nombre de las partes y testigos presenciales, señales de tránsito existente, estado de la vía, el tiempo, etcétera.

 

Todo este material probatorio se discute en el Juzgado o Tribunal de Tránsito, al que deben comparecer los conductores en la semana siguiente, y ofrecer las pruebas y señalar un medio para atender notificaciones.

 

La diligencia de la parte y su abogado, y el análisis de la prueba, determinará quién es responsable.

 

Las responsabilidades de cada conductor, dependiendo del medio de transporte, están en la Ley de Tránsito. No es lo mismo estar salido en un alto, que ignorarlo y seguir en movimiento.