Un grupo de trabajadores del área de remolcadores que labora para la empresa concesionaria Saam Costa Rica Sociedad Anónima, en el Puerto de Caldera, reclama la lentitud del Ministerio de Trabajo ante la tramitación de una denuncia que ellos interpusieron contra la compañía.
Gerardo Mora Protti, abogado de los trabajadores, manifestó que desde octubre del año pasado se denunció a la concesionaria por violar, supuestamente, la ley laboral, en el sentido de que, al parecer, no les entrega a los empleados la constancia salarial, donde se detalle y desglose lo que ganan.
“Desde hace casi un año no se les entrega a los trabajadores la constancia de salario, pese a ser una obligación del patrono y un derecho de los trabajadores, lo que obligó a que se presentara una denuncia ante el Ministerio de Trabajo, en octubre del año pasado, la cual está muy adelantada, sin embargo, ellos apelaron la decisión y está en el despacho del ministro que es el que resuelve”, comentó Mora.
MINISTERIO PERMISIVO
Al respecto, el representante legal de un grupo de empleados del área de remolcadores que llegó a las instalaciones de DIARIO EXTRA indicó que lo que procedía es que el ministerio instaurara un procedimiento judicial por violación a la legislación de empleo, pero no lo ha podido hacer.
En mayo anterior, la dirección regional Pacífico Central de la Dirección Nacional de Inspección (DNI) del Ministerio de Trabajo emitió la resolución N° RES-01156-19, en la que se ordenaba la inspección de las instalaciones de la concesionaria Saam Costa Rica Sociedad Anónima, pero la solicitud fue apelada por la empresa, debido a que el tema está siendo dilucidado en los tribunales de justicia, la gestión no ha sido resuelta
“Eso es de mera constatación, pues los trabajadores dicen que no se les entrega la constancia, se emplaza al patrono y si el patrono no dice nada, entonces se ratifica. Lo cierto es que no podemos decir que el Ministerio ha entrado en contubernio con la empresa, pero sí ha sido muy permisivo al no resolver con la diligencia que este asunto requiere”, añadió Mora.
EN PRÓXMOS DÍAS
Por su parte, en el Ministerio de Trabajo informaron que el departamento de Gestión y el jefe regional de la Inspección Pacífico Central informaron que con la empresa de remolcadores Saam aparecen en el sistema dos casos este año.
Uno en estado de caso cerrado, por acoso laboral que se origina en la denuncia de un trabajador hacia su jefe. (PU-IF-06209-19). El otro caso se trata de una inspección iniciada en el 2018, que actualmente se encuentra abierto (PU-IF_0737-18).
“Específicamente, falta por realizar la visita de revisión, que se hará en los próximos días, para determinar el cumplimiento de algunas infracciones, entre ellas algunas que ya fueron denunciadas en vía judicial mediante un proceso ordinario laboral por 14 trabajadores; por esta razón y en cumplimiento de la directriz de prejudicialidad no podemos acusar por las mismas infracciones; hasta que el Juzgado de Trabajo resuelva”, indicaron en el Ministerio de Trabajo vía oficina de prensa.
Agrega la respuesta: “Las infracciones que sí se pueden revisar en caso de que no hayan sido subsanadas, sí se puede hacer la acusación en tribunales por incumplimiento de las leyes laborales. Por otra parte, la Dirección de Asuntos Laborales, a través de su Departamento de Evaluación y Análisis, señala que durante el año 2019 se llevaron a cabo 12 audiencias de conciliación, en donde la parte patronal corresponde a la empresa Concesionaria Saam Costa Rica S.A.
TAMBIÉN EN TRIBUNALES
Pero el caso no es el único que se tramita contra la empresa concesionaria, pues Mora comentó que, en octubre del 2018, se realizó una Resolución Alterna de Conflictos (RAC) en la que Saam Costa Rica Sociedad Anónima ofreció un salario a los trabajadores a cambio de que firmaran un nuevo contrato de trabajo, en el cual se les desconocía supuestas deudas por concepto de no pago de horas extras acumulados durante años, que oscila entre los 7 años hasta los 13, la existencia de una jornada prohibida, el no reconocimiento de la disponibilidad ni de horas extras, entre otros aspectos.
“Al firmar un nuevo contrato, lo que pretendían era que no podían reclamar porque se dio una Resolución Alterna de Conflictos con lo cual se tenía como una cosa juzgada material y entonces no podían reclamar toda la jornada extraordinaria precedente.
Hubo 7 compañeros que se sometieron y los más de 20 no, pero lo curioso es que el actual gerente, que sale en enero, es el que dijo que no debían nada, les vamos a dar una gratificación, pero el gancho era ese cheque para que firmaran ese contrato que provocaba que no pudieran reclamar, judicialmente el adeudo abismal, pues estamos hablando de muchos miles de millones de colones que se han venido acumulando a favor de los trabajadores”, puntualizó Mora.
MILLONES POR AÑOS
Al consultar cuánto es lo adeudado por la empresa a cada trabajador por concepto de horas extras, respondió que el promedio ronda los ¢200 millones.
Mora señaló que además se está discutiendo en el Juzgado de Trabajo el cambio de la jornada laboral que han tenido a lo largo de la concesión, en la que originalmente trabajaban 3 días seguidos, que no podían bajar del buque de remolcador y tres días descanso.
No obstante, en mayo del 2018 despidieron una cuadrilla completa de remolcadores -capitán, mecánico y dos tripulantes- de un barco y, de acuerdo con los compromisos derivados de la concesión, tiene que tener una cuadrilla de remolcador en cada barco las 24 horas del día.
“Despiden una cuadrilla y unilateralmente la empresa decide rebajar los días de descanso, para que fueran tres días de trabajo continuo y dos de descanso nada más. En esos tres días de trabajo continuo los muchachos están a disposición del patrono las 24 horas del día.
En junio del 2018, acumularon 6 días de trabajo y salen 4 días. Lo particular es que en esos 6 días en que están trabajando permanentemente, no se les permite salir sin autorización del buque del remolcador. Están permanentemente a disposición del patrono y a raíz de esto se presentó una demanda judicial en la que están cobrando la jornada extraordinaria adeudada por todos los años que la empresa ha sometido a los trabajadores a esta jornada de trabajo. No hace menos de 13 años”.