Régimen de visitas, derecho de padres y niños

CONSULTA: Soy de bajos recursos económicos, tengo dos hijos pero no vivo con la madre de ellos.    Tengo que pagarles pensión y trato siempre de hacerlo lo más cumplido que pueda, pero a veces se me hace difícil porque no tengo trabajo fijo.    No me puedo quejar porque aunque no tengo mucha estabilidad […]

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CONSULTA: Soy de bajos recursos económicos, tengo dos hijos pero no vivo con la madre de ellos. 

 

Tengo que pagarles pensión y trato siempre de hacerlo lo más cumplido que pueda, pero a veces se me hace difícil porque no tengo trabajo fijo. 

 

No me puedo quejar porque aunque no tengo mucha estabilidad económica, voy saliendo adelante. 

 

Cuando me atraso en la pensión o pago un poco menos, la mamá de mis hijos no deja que los visite. 

 

¿Qué trámite puedo hacer para que yo pueda ver a mis hijos con regularidad?

 

RESPUESTA: Constantemente nos enteramos de una triste realidad, y es que se le está coartando el derecho tanto a los padres como a los niños de tener una sana relación entre sí. Esto también lo sufren las madres que no viven con sus hijos y que el papá les impide relacionarse, pero la gran mayoría de afectados son los papás. 

 

Los expertos reiteradamente advierten a los adultos de la necesidad que tiene un niño de relacionarse con su padre y que ésta sana relación fortalece al niño en muchos aspectos de su vida, como sociales, sicológicos, de aprendizaje, etc. 

 

Es muy común que las madres, quienes por lo general son quienes se quedan viviendo con los niños después de que una relación ha terminado por la razón que sea, usan a los niños, y le impiden al papá ver a los menores, siendo éstos los más perjudicados. Los problemas son de los adultos y entre estos deben resolverse. Los niños merecen paz, felicidad, a su papá y a su mamá. 

 

En el caso en concreto, el proceso se llama Régimen de Visitas, debe plantearse en el Juzgado de Familia que le corresponda y cumplir con ciertos requisitos; además, entre otros, se debe aportar certificación de nacimiento de los menores, testigos que conozcan muy bien la situación en particular, señalar un lugar para recibir notificaciones y un lugar para que notifiquen a la persona contra quien se plantea el proceso. Este proceso se debe realizar con un abogado.