El Tribunal Contencioso Administrativo declaró sin lugar un recurso interpuesto por el Sindicato de Trabajadores de Japdeva (Sintrajap) y el diputado José María Villalta respecto al tema del acceso de los buques a la terminal de Moín y APM Terminals.
El Sintrajap explica que la repartición de los buques que hace actualmente perjudica los intereses de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) y afecta su estabilidad económica.
“No dejan hacer visitas a los barcos, tampoco se tienen ingresos sobre el canal de acceso, eso es grave porque ese canal requiere de mantenimiento, que no es nada barato”, comentó el secretario general de Sintrajap, Antonio Wells.
Según el documento presentado, la medida buscaría reclamar “las potestades de imperio de Japdeva”, de manera que ambas entidades portuarias puedan operar.
LA DISPUTA
El reclamo se presenta porque el sindicato asegura que el acuerdo inicial era que los buques de tipo “fully cellular container ship” los atendiera la empresa APM. Dichos barcos son los que transportan contenedores en bloques de celdas.
Por otro lado, el resto de los buques de carga seguirían siendo atendidos por Japdeva.
“A pesar de que estamos en una crisis, obligan a la gente a ir a APM, nosotros lo que hacemos es defender lo nacional, los barcos full son los que deberían entrar a Japdeva”, mencionó Wells.
El sindicalista insiste en que la Junta requiere de hacer valer su posición como administrador de los puertos, y que si se “fajara los pantalones” podría intentar revertir la crisis que enfrenta.
“Sintrajap lo que hace es defender la economía nacional, el 80% de la totalidad del comercio nacional se mueve por Moín, son los costarricenses los que están perdiendo”, acotó el secretario general.
También comentó a este medio que los abogados de la agrupación ya se encuentran valorando apelar el fallo del Contencioso.
“Pareciera que a nosotros en esa demanda no nos dieron pelota, solo al holandés, y él aceptó inclusive que él estaba ahí porque le estaban pagando y así lo aceptó durante la audiencia”, concluyó.
RESOLUCIÓN
El juez Jonathan Canales, en su voto de conclusiones, menciona:
“El contrato de concesión, se limita el objeto de concesión, exclusivamente a los buques fully-cellular container ships; interpretar como lo hacen los coaccionantes, que el objeto es solo ese tipo de barcos, iría en contra de lo dispuesto en el cartel licitatorio”, cita el documento.
En el fallo los jueces determinaron que no se estaría incumpliendo con el análisis de los tipos de barcos que llegan a cada una de las terminales, hecho que también pesó en el rechazo de la medida.