Este artículo tiene como antecedente el publicado el 18 de abril en la sección de Opinión de este mismo Diario; el propósito como se enunció en el mismo es ir abriendo, poco a poco, por limitaciones de espacio, esa “caja de pandora”, que contiene decisiones equivocadas por parte de la Junta Directiva de RECOPE anteriores a la realización de las evaluaciones, privada y social, del proyecto, lo mismo que los errores, omisiones y debilidades de algunos supuestos importantes que sostienen los índices de rentabilidad de aquellas, y que condicionan, sin propósito meditado, a una toma de decisión errada en relación al proyecto de marras.
Si bien, cabría preguntarse por qué hacer alusión a decisiones que se tomaron anteriores a los estudios de factibilidad si ya no se puede hacer nada para reversarlas? Lo cierto es que, algunas experiencias, erradas o no, se convierten en ejemplos de lo que no debe hacerse, antes de emprender un proyecto; especialmente tratándose de la inversión pública más importante en el sector de hidrocarburos en la historia del país.
La primera decisión errada fue decidir a priori, que la refinería de petróleo es el medio más conveniente para suplir los requerimientos de energía para el sector productivo y usuarios directos del país para los próximos veinte años. “Todo proyecto de inversión pública de las dimensiones de la inversión planeada debe iniciarse con una investigación y evaluación de un conjunto probable de proyectos…para seleccionar el (o los) que, con la asignación de fondos públicos dada, maximice el beneficio social del país (Leiva, C., Crítica a la Evaluación Financiera y Social del Proyecto de Refinería de RECOPE, pag.1, 1 mayo de 2012). En esto no hay originalidad porque, uno de los evaluadores más connotados de América Latina, el Dr. Ernesto Fontaine dice: “El proceso de evaluar implica identificar, medir, y valorar los costos y beneficios pertinentes de distintas y múltiples alternativas de proyectos para lograr los objetivos propuestos, a los efectos de establecer cuál de ellos es el más conveniente ejecutar” (E. Fontaine, Evaluación Social de Proyectos, página 24, 2010).
En este sentido, debieron considerarse otras opciones de inversión como por ejemplo: evaluar la posibilidad de investigar, explotar, producir y/o importar y distribuir a granel, fuentes de energía sustitutas, más limpias, baratas y más abundantes en el planeta, e inclusive quizá existentes en el territorio nacional, como por ejemplo gas natural. Sin lugar a dudas la omisión señalada, constituyó el primer paso en falso.
La segunda decisión errada de la Junta Directiva de la empresa fue, una vez optado por el proyecto de refinería, como ya ha sido exhaustivamente señalado por otros con anterioridad, la alianza con alguna empresa de prestigio internacional para la construcción de la planta, supervisión, entrenamiento y aporte financiero, entre otros, se debió haber sacado a concurso internacional. Aquí podría preguntarse el órgano Contralor, u otra entidad nacional, no debió haber actuado para alertar y en caso necesario impedir, la contratación “directa” en relación a una inversión millonaria estatal. Este fue el segundo paso en falso. Quizá los beneficios “eventuales” del proyecto para el país no se optimizaron.
Lo indicado en el párrafo anterior trajo una serie de consecuencias conocidas en forma parcial, porque se desconoce la totalidad de las implicaciones, tanto convenientes como inconvenientes, porque RECOPE ha asumido una actitud un tanto cerrada con respecto al proyecto y pretendió pasarlo, sin lograrlo, en forma muy callada (Leiva, C. Pags 5-9), las cuales conllevaron a una pérdida de grados de libertad por parte de la Empresa. Se presume que, entre las más importantes se relacionan al aporte desigual de fondos y reparto de ganancias relativas, si se considera relación a la contribución particular de RECOPE y la Corporación Nacional Petrolera de China Internacional (CNPCI) al proyecto.
Los aportes directos de RECOPE serían US$ 362 millones de dólares y los de CNPCI US$ 186 millones. De los US$ 963 millones del HCEC, el endeudamiento externo que le corresponde a la refinadora estatal es de US$ 529 millones de dólares, mientras que CNPCI se haría cargo de los restantes US$ 434 millones. En resumen, la contribución total de RECOPE al proyecto, entre recursos propios y por endeudamiento externo, sería de $ 891 millones; mientras que la CNPCI aportaría US$ 620 millones de dólares. Lo anterior significa que RECOPE contribuiría con un 59% del costo total del proyecto y la CNPCI le correspondería 41% del mismo (Leiva, C. pag. 6). Las cifras anteriores se desprenden del informe de dos economistas de RECOPE denominado ”Informe acerca de la Evaluación Económica (Capítulo 17) del Estudio de factibilidad del Proyecto de Ampliación y Modernización de la Refinería de Moín, Cuadro No. 3, Distribución de la Inversión del Proyecto en US$, pag. sin número de 31 de mayo de 2011; Oficio EEF-051-2011; dirigido al Director de Planificación de la Empresa.
En relación al reparto de utilidades, en traducción libre, se dice “RECOPE Y CNPCI dividirán las utilidades en una relación 50:50; CNPCI pagará un 15% por concepto de impuesto sobre la renta y RECOPE quedará exento”. (Huanqui Contracting & Engineering Corp. (HQCEC). FRS on Expansion and Modernization of the MOIN Refinery Proyect, pag. 17-24, 2011. Sin embargo, si RECOPE se eximiera del pago de ese tributo sobre la utilidad, desde el punto de vista social, viene a ser casi lo mismo; esto es, lo que se ahorraría la Empresa lo perdería el Ministerio de Hacienda. Así que, en conclusión el país aportaría un 59% del costo total del proyecto y percibiría el 50% de las ganancias eventuales, mientras que la empresa china contribuyendo sólo con el 41% de la inversión total le correspondería también un 50% de las ganancias. Pero esas ganancias, para RECOPE, podrían ser sólo una “ilusión”, como se tratará de demostrar en posteriores entregas sobre este asunto.
*Economista