El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó este martes la reforma del artículo 14 de la Ley 7794, (Ley que limita la reelección indefinida de autoridades locales) Nº10183, aprobada el pasado 29 de marzo en la Asamblea Legislativa.
A partir de la sanción de esta reforma, las personas electas para ocupar cargos municipales no podrán estar más de 8 años consecutivos en dichos puestos, según lo establece el artículo único de esta nueva legislación.
La reforma al Código Municipal establece que: “las alcaldesas o los alcaldes podrán ser reelegidos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del régimen municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo consecutivo”.
En el caso de los vicealcaldes y las vicealcaldesas, también “podrán ser reelegidos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo consecutivo”.
Además, la ley contempla que las personas regidoras, síndicas, intendentes, viceintendentes, concejales municipales, así como quienes ocupen cualquiera de los cargos de suplencias, podrán ser reelegidas de manera continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo o su suplencia hasta tanto no hayan transcurrido dos periodos desde que finalizó su segundo periodo.
La norma incluye un transitorio único para las personas que actualmente se desempeñen como alcaldes, alcaldesas, intendentes o intendentas, las cuales han sido elegidas en sus cargos por al menos dos períodos consecutivos, estas deberán esperar a que transcurran dos periodos para poder volver a ocupar cualquier puesto de elección popular del régimen municipal.
La reforma atiende una de las recomendaciones realizadas por parte de la Misión de Expertos Electorales de la Organización de los Estados Americanos (OEA), durante las pasadas elecciones municipales de febrero del 2020.
El informe preliminar señalaba la reiterada necesidad de revisar esta legislación, indicando ¨si bien la continuidad en las políticas públicas es valiosa, la alternancia constituye un pilar fundamental del sistema democrático¨.